Viernes, 26 de Abril 2024
Cultura | Exhortan a que se les permita acreditar impuesto a los libros, como lo hace cualquier e

Libreros piden régimen fiscal distinto

Exhortan a que se les permita acreditar impuesto a los libros, como lo hace cualquier empresa

Por: EL INFORMADOR

COMPLEJO. Los libreros puntualizan el complicado regimen fiscal que enfrentan. EL INFORMADOR /

COMPLEJO. Los libreros puntualizan el complicado regimen fiscal que enfrentan. EL INFORMADOR /

GUADALAJARA, JALISCO (01/DIC/2016).- Directivos de las librerías Porrúa, Gandhi y Gonvill pidieron a la Secretaría de Hacienda cambiar el régimen fiscal exento con el que actualmente operan por uno de IVA Tasa 0 que les permita acreditar este impuesto a los libros, como lo hace cualquier empresa.

Durante una conferencia de prensa que se llevó a cabo en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara (FIL), el presidente de la Asociación de Librerías de México y director comercial de Librerías Porrúa Hermanos y Cía., Rodrigo Pérez-Porrúa Suárez, afirmó el actual régimen fiscal es uno de los responsables de que las librerías cierren en el país, pues les genera una carga adicional de 12 % en sus gastos.

El subdirector de Librerías Gonvill, Tirzo González, explicó que el cambio al régimen de IVA Tasa 0 no afectaría el precio del libro, ya que sólo significaría un ajuste en la mecánica contable que les permitiría compensar los gastos a las librerías, que también son afectadas por el comercio informal de libros y la piratería.

El presidente de Librerías Gandhi, José Achar, dijo que si se cambia la tasa impositiva actual, su empresa podría triplicar las librerías que cada año abre en el país. Achar comentó que, para conocer la situación de las librerías en el país, le pagaron a un despacho de consultores para que hiciera un estudio que darán a conocer en enero de 2017.

En un documento de la Asociación de Librerías de México se destacó que en el país sólo existen cuatro bienes o productos exentos del pago del IVA: el suelo y las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación; los libros periódicos, revistas y el derecho para usar o explotar una obra; los bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas, y los billetes y demás comprobantes que permitan participar en loterías, rifas, sorteos o juegos con apuestas y concursos de toda clase.

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