Martes, 16 de Abril 2024

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Prisión a Castro fue por obligación legal, no persecución política: fiscal

El fiscal anticorrupción, Gerardo de la Cruz Tovar, señaló que cuando se le vinculó a proceso se señaló que había un alto riesgo de fuga de los imputados

Por: El Informador

El Ministerio Público anexó las notas periodísticas que ventilaron que Castro participó en un maratón y que asistió a un partido de beisbol. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El Ministerio Público anexó las notas periodísticas que ventilaron que Castro participó en un maratón y que asistió a un partido de beisbol. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Los tres meses de prisión preventiva justificada dictados en contra, Miguel Castro Reynoso, ex titular de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social (Sedis) por el delito de desvío y aprovechamiento indebido de atribuciones y facultades, fueron consecuencia de una obligación legal del Ministerio Público.

Éste se enteró de que Castro incumplió con el resguardo domiciliario al que estaba obligado, pues varias veces la Unidad de Medidas Cautelares lo buscó en su domicilio y no lo halló. Con este elemento, el fiscal Anticorrupción, Gerardo de la Cruz Tovar, negó que se tratara de una persecución política.

“El Ministerio Público que está encargado de la carpeta de investigación tiene obligaciones que cumplir, y una obligación a consecuencia de un dato de prueba que le presentan era esta, pedir una revisión de medidas cautelares. Si no lo hace, el Ministerio Público incurre en responsabilidad y no administrativa, podría ser incluso una responsabilidad penal si no cumple el Ministerio Público”.

De la Cruz recordó que cuando se le formuló la imputación y se vinculó a proceso, se discutieron las medidas cautelares que se impondrían en contra de Castro, así como de Daviel Trujillo Cuevas y Salvador Rizo, otros ex secretarios de Sedis señalados en el mismo caso, en el que otorgaron apoyos a 13 organizaciones civiles que tenían entre sus integrantes a servidores públicos.

Explicó que la medida cautelar se solicita con base en un informe que elabora la Unidad de Medidas Cautelares (que no depende de la Fiscalía) y que en ese entonces señaló que había un alto riesgo de fuga de los imputados, si se consideraba su capacidad económica y vínculos con otras personas fuera del estado y del país.

Sin embargo, la Fiscalía no solicitó prisión preventiva sino el resguardo domiciliario, lo cual determinó el juez. Solo podían salir de sus domicilios para trabajar o por cuestiones de salud.

Y aunque se dieron cuenta a través de medios de comunicación que Castro tenía actividades fuera de su domicilio distintas al trabajo o a una revisión médica, el fiscal afirmó que esta presión mediática no influyó en su actuar, pues requerían de algo objetivo.  

“Ese algo objetivo se presenta cuando a finales de diciembre la Unidad de Medidas Cautelares nos rinde un informe diciéndonos que han estado revisando de manera periódica los domicilios de las personas que están en condiciones de resguardo domiciliario y nos reportan que el ex secretario no estaba en su domicilio, que en diversas ocasiones que lo han buscado no lo encuentran”.

Por esta razón, la Unidad consideró que se incumplía la medida cautelar, lo que informaron al Ministerio Público. Con este elemento, el Ministerio Público está obligado a pedir una revisión de las medidas cautelares ante el juez.

“Se pide la revisión, se llega a esta audiencia y se va a argumentar. (...) Dice, 'tengo este informe de la Unidad de Medidas Cautelares que nos dice que no ha cumplido'”.  

Y ya con el informe, el Ministerio Público anexó las notas periodísticas que ventilaron que Castro participó en un maratón y que asistió a un partido de beisbol, que son actividades de esparcimiento.

“Finalmente quien resuelve es el juzgador, y lo que dice es que, efectivamente, incumplió con la medida cautelar y en consecuencia viene de manera natural una prisión preventiva justificada o necesaria”.

LS

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