Viernes, 14 de Junio 2024

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Miscelánea Fiscal 2022

Por: Luis Jorge Cárdenas Díaz

Miscelánea Fiscal 2022

Miscelánea Fiscal 2022

Presumió el Presidente AMLO que no habría aumentos en los impuestos y casi lo cumplió porque aumentaron pero nomás tantito; el IEPS a los refrescos, cigarros y combustibles. El aumento es de un 7.3% que en el caso de las gasolinas se neutraliza con un subsidio.

Hay otros cambios que se contemplan en la Miscelánea fiscal para 2022, los principales son:

1.- Un nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) en sustitución del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

Este  nuevo régimen puede reducir el Impuesto sobre la Renta que pagan las actividades: enajenación de bienes y honorarios con ingresos de hasta 3.5 millones anuales para personas físicas y 35 millones anuales para personas morales, es más sencillo y disminuyen las obligaciones fiscales que se deben cumplir, además de ser opcional para personas físicas.

La tarifa del impuesto es progresiva y va del 1% al 2.5% sobre el monto de los ingresos efectivamente cobrados descontado el IVA.

2.- Donativos a donatarias. Deben realizar exclusivamente la actividad que señalen en sus estatutos como su objeto social. Destinar sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social. Su remanente solo puede destinarse a otras donatarias o al pago de servicios y dejar constancia en sus estatutos de que solo podrán destinar su patrimonio a otras donatarias. Además, solo podrán destinar hasta el 7% de la utilidad fiscal en donativos a donatarias autorizadas por el SAT.

El donante puede deducir los donativos sin que excedan del 7% de sus ingresos si es persona física y de su utilidad fiscal si es persona moral. Para que una donación sea deducible para el donante se requiere que éste no reciba a cambio ningún beneficio.

3.- A partir de 2022 todos los mayores de 18 años deberán inscribirse en el RFC. Para hacer la inscripción deberán acceder a la página del SAT. Buscar la opción Trámites e ingresar a la liga https://b.t.ly/3aG2GHH.Para iniciar el proceso se requiere ingresar con la CURP. Si no se cuenta con ella se puede solicitar en la siguiente liga: https://consultas.curp.gob.mx. A continuación introducir el Código Captcha y dar clic en continuar. El SAT validará la información y en caso de ser correcta dar clic en Continuar, se abrirá una ventana en la cual se captura el domicilio, teléfono y correo electrónico. Al concluir la captura hacer clic en Continuar.

Viene en seguida la pregunta: ¿realiza alguna actividad que le genera ingresos en forma  habitual o esporádica. Si la respuesta es SI se podrá utilizar el RFC para toda clase de trámites dentro y fuera del SAT. Si dice NO deberá abstenerse de acceder  a cualquier operación que lo requiera.

A continuación en el portal del SAT se mostrará la Solicitud de Inscripción al RFC. En caso de ser correcta dar clic en Confirmar. Al finalizar se mostrará el Acceso Único de inscripción en el RFC con la Cédula de Identificación Fiscal que indique el RFC. Para imprimir se requiere ingresar a la página WEB del SAT y seguir instrucciones.

Como podrá observarse, sencillo, sencillo no es. Cualquier técnico versado en informática lo puede hacer.

luisjcardenas2@hotmail.com

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