Viernes, 03 de Octubre 2025

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Amparo descafeinado

Por: Hector Romero

Amparo descafeinado

Amparo descafeinado

Hay cosas que, sin su esencia, se vuelven paradojas: el café descafeinado, la cerveza sin alcohol… y el juicio de amparo que no protege.

En la vida cotidiana podemos tolerar algunas contradicciones. Un café que no despierta solo causa una decepción personal. Pero tratándose de la vía para defender nuestros derechos fundamentales, la cosa cambia.
La iniciativa presidencial de reforma a la Ley de Amparo, aún con los ajustes tras la consulta en el Senado, sigue pintando mal. El dictamen conserva el nombre del amparo, pero lo vacía de eficacia.

Aclaro, no todo es negativo: incorpora reformas necesarias que privilegian la tramitación digital, sin excluir a quienes carecen de acceso tecnológico, y busca evitar la eternización de los juicios. 

El problema es que, bajo la falacia de “modernizar el amparo”, se debilita su esencia. Como advirtió el ex ministro Laynez Potisek: “una reforma al juicio de amparo que pone en el centro a las autoridades y no a las personas debe ser motivo de seria preocupación”.

El juicio de amparo nació en México en el siglo XIX como un escudo frente al autoritarismo. El primer caso, llamado “amparo Verástegui”, protegió a un ciudadano de un destierro arbitrario dictado por el Gobernador de San Luis Potosí sin juicio previo. 

Desde entonces, su función ha sido responder a una pregunta sencilla pero decisiva: ¿quién me protege cuando el que me daña es el propio Gobierno? Ahora, la reforma sigilosamente responde: nadie.

La iniciativa en discusión erosiona pilares fundamentales de su concepción actual. Restringe el concepto interés legítimo, figura introducida en 2011 que abrió la puerta a colectivos y personas sin daño directo, pero con afectaciones reales. La reforma lo convierte en un concepto rígido, restando discrecionalidad al juez para valorar cada caso.

Otro punto es la suspensión en bloqueos de cuentas por parte de la UIF. Solo se concederá si se acredita el origen lícito de los recursos. En principio suena razonable, pero después recordamos que estamos en México, donde los bloqueos de cuentas no combaten al crimen…  salvo que el criminal se llame opositor. Además, vulnera la presunción de inocencia al invertir la carga de la prueba sobre el origen de los recursos, abriendo la puerta a criterios arbitrarios.

En materia fiscal, la reforma limita defensas y las garantías para la suspensión de la ejecución de créditos, volviendo ilusorios los medios de impugnación y poniendo en riesgo la estabilidad financiera de las empresas. Es cierto que existen abusos de grandes contribuyentes, pero también hay ocasiones en que la autoridad se extralimita, abusando de los contribuyentes. 

Estos cambios parecen receta de cocina para tapar huecos financieros con el dinero ajeno; solo falta que lo sirvan con guarnición de multas y recargos.

Y lo más preocupante, un transitorio plantea que estas reglas se apliquen de manera retroactiva. Ojalá, como anunció la Presidenta, se elimine por la cámara revisora.

El amparo fue concebido como contrapeso al poder, pero esta reforma es una camisa de fuerza para los jueces. En fin, no nos quitan el amparo, pero nos dejan la versión soluble: huele a justicia, pero sabe a agua de calcetín.

hecromg@gmail.com

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