México
Militares no pueden ser juzgados por corte civil: SCJN
El ministro Cossío concluyó que las jurisprudencias de la CIDH deben ser acatadas por la Suprema Corte, pero sus compañeros rechazaron el fallo
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CIUDAD DE MÉXICO (07/SEP/2010).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el dictamen que presentó el ministro José Ramón Cossío en el que planteó acatar la sentencia que dictó la Corte Interamericana de Derechos Humanos ( CIDH) contra México en el caso Radilla, donde se señala que los militares que cometan delitos contra civiles en sus tareas de seguridad y de combate al crimen, deben ser juzgados por civiles y no por autoridades castrenses.
Después de cuatro sesiones de discusión, el Alto Tribunal mexicano acordó retirar el tema de su agenda de discusión, para elaborar un nuevo dictamen en el que se analice con mayor profundidad la sentencia del caso Radilla, para revisar si la sentencia le fija al Poder Judicial de la Federación obligaciones directas que tiene que cumplir.
Al final, por 8 votos contra 3, la mayoría del Pleno decidió que no era pertinente revisar, por ahora, el caso Radilla, porque era necesario elaborar un nuevo dictamen, que incluyera diversas dudas que les surgieron a los ministros a lo largo de las primeras sesiones de discusión.
El aplazamiento del caso permitirá turnar el asunto a un nuevo ministro y dar vista al Presidente Felipe Calderón, a través de las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, para que puedan enviar su opinión en torno al tema.
Los ministros no fijaron fecha para volver a discutir este caso, pero dejaron abierta la posibilidad de analizar el asunto en sesiones privadas y no en públicas, como venía ocurriendo.
Cossío presentó desde el 31 de agosto un dictamen en el que propuso declarar que el Poder Judicial de la Federación está obligado a acatar las sentencias de la CIDH y los criterios derivados del caso Radilla.
Cossío concluyó que las jurisprudencias de la CIDH son obligatorias para los jueces y tribunales mexicanos únicamente cuando se derivan o son producto de un litigio en el que se haya visto involucrado el Estado mexicano, como ocurrió en el caso Radilla.
Pero desde ese día el ministro Sergio Aguirre Anguiano se opuso a la totalidad de la propuesta de Cossío, y planteó la revisión de una serie de temas que impidieron que la Corte mexicana entrara al estudio de fondo del caso Radilla.
Primero, Aguirre argumentó que la Corte mexicana no había sido notificada de la sentencia. Tras tres horas de discusión, ese mismo 31 de agosto, por 8 votos contra 3, el Pleno dijo que la notificación le había llegado al presidente de la República, como jefe del Estado mexicano. Y, por tanto, sí podían considerarse notificados.
Cuando el panorama parecía despejado, Aguirre presentó otro argumento en el sentido de que no había ninguna norma o ley que dijera cómo se debía acatar una sentencia de la Corte Interamericana o de algún tribunal internacional. Y, por tanto, no era posible que la justicia mexicana se pronunciara sobre el caso.
Con ese planteamiento terminó la sesión primera sesión. En la segunda sesión de la Corte el tema se mantuvo estancado en ese mismo punto.
Y no fue sino hasta ayer cuando el Pleno determinó que el Poder Judicial de la Federación puede proceder al cumplimiento de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictada en contra del Estado mexicano, sin tener que coordinarse para ello con los otros dos Poderes, es decir, el presidente de la República y el Congreso de la Unión.
Con esta decisión parecía que el tema se destrababa y que quedaba el camino despejado para que entraran al estudio de la sentencia del caso Radilla y determinar si dicho fallo le establece obligaciones directas al Poder Judicial de la Federación.
Pero, en la primera hora de la sesión, la discusión dio un giro. Diversos ministros llegaron a la conclusión de que era conveniente retirar el tema para analizar diversos temas de doctrina jurídica que consideraron no habían sido analizados en el proyecto de Cossío, y que, estimaron, servirán para dejar precedentes para casos similares al de Radilla en el futuro.
CIUDAD DE MÉXICO (07/SEP/2010).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el dictamen que presentó el ministro José Ramón Cossío en el que planteó acatar la sentencia que dictó la Corte Interamericana de Derechos Humanos ( CIDH) contra México en el caso Radilla, donde se señala que los militares que cometan delitos contra civiles en sus tareas de seguridad y de combate al crimen, deben ser juzgados por civiles y no por autoridades castrenses.
Después de cuatro sesiones de discusión, el Alto Tribunal mexicano acordó retirar el tema de su agenda de discusión, para elaborar un nuevo dictamen en el que se analice con mayor profundidad la sentencia del caso Radilla, para revisar si la sentencia le fija al Poder Judicial de la Federación obligaciones directas que tiene que cumplir.
Al final, por 8 votos contra 3, la mayoría del Pleno decidió que no era pertinente revisar, por ahora, el caso Radilla, porque era necesario elaborar un nuevo dictamen, que incluyera diversas dudas que les surgieron a los ministros a lo largo de las primeras sesiones de discusión.
El aplazamiento del caso permitirá turnar el asunto a un nuevo ministro y dar vista al Presidente Felipe Calderón, a través de las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, para que puedan enviar su opinión en torno al tema.
Los ministros no fijaron fecha para volver a discutir este caso, pero dejaron abierta la posibilidad de analizar el asunto en sesiones privadas y no en públicas, como venía ocurriendo.
Cossío presentó desde el 31 de agosto un dictamen en el que propuso declarar que el Poder Judicial de la Federación está obligado a acatar las sentencias de la CIDH y los criterios derivados del caso Radilla.
Cossío concluyó que las jurisprudencias de la CIDH son obligatorias para los jueces y tribunales mexicanos únicamente cuando se derivan o son producto de un litigio en el que se haya visto involucrado el Estado mexicano, como ocurrió en el caso Radilla.
Pero desde ese día el ministro Sergio Aguirre Anguiano se opuso a la totalidad de la propuesta de Cossío, y planteó la revisión de una serie de temas que impidieron que la Corte mexicana entrara al estudio de fondo del caso Radilla.
Primero, Aguirre argumentó que la Corte mexicana no había sido notificada de la sentencia. Tras tres horas de discusión, ese mismo 31 de agosto, por 8 votos contra 3, el Pleno dijo que la notificación le había llegado al presidente de la República, como jefe del Estado mexicano. Y, por tanto, sí podían considerarse notificados.
Cuando el panorama parecía despejado, Aguirre presentó otro argumento en el sentido de que no había ninguna norma o ley que dijera cómo se debía acatar una sentencia de la Corte Interamericana o de algún tribunal internacional. Y, por tanto, no era posible que la justicia mexicana se pronunciara sobre el caso.
Con ese planteamiento terminó la sesión primera sesión. En la segunda sesión de la Corte el tema se mantuvo estancado en ese mismo punto.
Y no fue sino hasta ayer cuando el Pleno determinó que el Poder Judicial de la Federación puede proceder al cumplimiento de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictada en contra del Estado mexicano, sin tener que coordinarse para ello con los otros dos Poderes, es decir, el presidente de la República y el Congreso de la Unión.
Con esta decisión parecía que el tema se destrababa y que quedaba el camino despejado para que entraran al estudio de la sentencia del caso Radilla y determinar si dicho fallo le establece obligaciones directas al Poder Judicial de la Federación.
Pero, en la primera hora de la sesión, la discusión dio un giro. Diversos ministros llegaron a la conclusión de que era conveniente retirar el tema para analizar diversos temas de doctrina jurídica que consideraron no habían sido analizados en el proyecto de Cossío, y que, estimaron, servirán para dejar precedentes para casos similares al de Radilla en el futuro.