Jalisco
Instalan Consejo estatal para erradicar la violencia contra las mujeres
Más de la mitad de féminas en Jalisco recibe algún tipo de violencia; en 2007 fueron asesinadas 51 mujeres en la Entidad
GUADALAJARA, JALISCO.- Para dar cumplimiento a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el gobernador del Estado,
Emilio González Márquez, presidió en Casa Jalisco la instalación del Consejo estatal para prevenir, atender y erradicar la violencia contra las mujeres, integrado por autoridades estatales y de la Zona Metropolitana de Guadalajara.
El año pasado, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, los estados y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Los principios rectores son: igualdad jurídica entre la mujer y el hombre; respeto a la dignidad humana; no discriminación y libertad. Sin embargo, no pocos legisladores se negaron a tipificar el delito de feminicidio (aumentar la pena privativa de la libertad a los agresores).
El ordenamiento obliga al Estado a destinar recursos suficientes para enfrentar la violencia contra la mujer, y establece las medidas precautorias y cautelares que, por ejemplo, obligan al agresor a tomar distancia del domicilio, lugar de trabajo y garantizar que no exista acoso; también obliga al Gobierno federal a establecer un sistema de alerta general en las zonas con los mayores índices de violencia. La ley incluye los mecanismos de reparación del daño y establece claramente el delito de Estado ante omisiones por parte de servidores públicos, actos que obstaculicen el ejercicio de la libertad de las féminas.
Igualmente, asegura y amplía el funcionamiento de los refugios para víctimas de violencia. También se creó el Sistema Nacional, que preside la Secretaría de Gobernación, pero están obligados a participar Seguridad Pública, Educación, Salud, la Procuraduría General de Justicia de la República y el Instituto Nacional de las Mujeres, dependencias federales que conformarán un Consejo Nacional.
El decreto aprobado incluye la creación de un reglamento, así como un Diagnóstico Nacional acerca de la violencia contra las mujeres y un Banco Nacional de Datos, bajo responsabilidad de la Secretaría de Seguridad Pública, con el propósito de tener una veraz estadística general de esta problemática.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia entró en vigor el 27 de junio de 2008 en Jalisco. Fue el vigésimo Estado en aprobar el ordenamiento.
La diferencia en la ley jalisciense, en comparación con otros estados, es que en el artículo 41 se aprobó: “En los delitos que por cuestiones de género que sean cometidos en agravio de mujeres, se aumentará la pena privativa de la libertad en una tercera parte”. En síntesis, en caso de homicidio, el presunto condenado podría recibir sentencia por un período de 18 a 24 años, cuando anteriormente era de 12 a 16 años.
EL INFORMADOR/ MARIO MUÑOZ
El año pasado, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, los estados y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Los principios rectores son: igualdad jurídica entre la mujer y el hombre; respeto a la dignidad humana; no discriminación y libertad. Sin embargo, no pocos legisladores se negaron a tipificar el delito de feminicidio (aumentar la pena privativa de la libertad a los agresores).
El ordenamiento obliga al Estado a destinar recursos suficientes para enfrentar la violencia contra la mujer, y establece las medidas precautorias y cautelares que, por ejemplo, obligan al agresor a tomar distancia del domicilio, lugar de trabajo y garantizar que no exista acoso; también obliga al Gobierno federal a establecer un sistema de alerta general en las zonas con los mayores índices de violencia. La ley incluye los mecanismos de reparación del daño y establece claramente el delito de Estado ante omisiones por parte de servidores públicos, actos que obstaculicen el ejercicio de la libertad de las féminas.
Igualmente, asegura y amplía el funcionamiento de los refugios para víctimas de violencia. También se creó el Sistema Nacional, que preside la Secretaría de Gobernación, pero están obligados a participar Seguridad Pública, Educación, Salud, la Procuraduría General de Justicia de la República y el Instituto Nacional de las Mujeres, dependencias federales que conformarán un Consejo Nacional.
El decreto aprobado incluye la creación de un reglamento, así como un Diagnóstico Nacional acerca de la violencia contra las mujeres y un Banco Nacional de Datos, bajo responsabilidad de la Secretaría de Seguridad Pública, con el propósito de tener una veraz estadística general de esta problemática.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia entró en vigor el 27 de junio de 2008 en Jalisco. Fue el vigésimo Estado en aprobar el ordenamiento.
La diferencia en la ley jalisciense, en comparación con otros estados, es que en el artículo 41 se aprobó: “En los delitos que por cuestiones de género que sean cometidos en agravio de mujeres, se aumentará la pena privativa de la libertad en una tercera parte”. En síntesis, en caso de homicidio, el presunto condenado podría recibir sentencia por un período de 18 a 24 años, cuando anteriormente era de 12 a 16 años.
EL INFORMADOR/ MARIO MUÑOZ