Cultura
Definen patrimonio material e inmaterial de Jalisco
El Estado cuenta con 20 mil fincas de valor y alrededor de 800 manifestaciones culturales relevantes
GUADALAJARA, JALISCO (02/JUN/2015).- Jalisco cuenta con 20 mil fincas de valor relevante, así como alrededor de 800 manifestaciones que son consideradas patrimonio inmaterial, de acuerdo con el inventario realizado por la Secretaría de Cultura y que en los siguientes días sería publicado en el "Periódico Oficial El Estado de Jalisco", según anunció en entrevista Tomás Orendain Verduzco, director general de Patrimonio de la SC.
La Ley de Patrimonio Cultural del Estado de Jalisco y sus Municipios, aprobada en agosto de 2014, puso a la dependencia el plazo de 180 días para que tuviera terminado el inventario, el cual estuvo listo el pasado viernes 29 de mayo, lo que significa que alcanzó a cumplir con el límite señalado por la legislación y que ahora sólo falta su publicación para que tenga validez, aseguró el funcionario.
“El viernes pasado se empezó a hacer el trámite para que se suba al Diario Oficial, estamos en tiempo y forma. Eso (la publicación) depende del periódico”.
Orendain Verduzco explicó que el inventario está dividido en patrimonio inmaterial, patrimonio edificado, patrimonio mueble y zonas de protección de los 125 municipios del Estado, de los cuales también se tomaron en cuenta las delegaciones.
En el caso del patrimonio inmaterial, detalló que se estuvo trabajando con los municipios y sus delegaciones para que éstos enviaran lo que consideraban patrimonio. Tras dar cursos sobre cómo llenar las fichas, recibieron mil 300 manifestaciones de todos los municipios, sin embargo, al final quedaron alrededor de 800.
“En esto participó el CECA (Consejo Estatal para la Cultura y las Artes) y otro comité que se formó con expertos. Se hizo depuración, porque nos pusieron algunas cosas que para los expertos no tienen la connotación de patrimonio inmaterial”.
También, dijo, se les envió a los municipios para que validaran alguna manifestación, y ellos definían que algunas no estaban vigentes.
De bienes muebles e inmuebles
De patrimonio edificado, Tomás Orendain Verduzco resaltó que fueron más de 20 mil fincas de los 125 municipios las que se registraron con una ficha de datos. “La obligación directa de nosotros son los de 1900 a la fecha”.
Sobre los bienes muebles que se tomaron para el inventario, dijo que se consideraron los 19 edificios que están bajo su competencia, lo cual continúa en revisión y no arroja de momento un número aproximado, debido a la determinación de si los frescos que están de los muros formarían parte.
“Ahorita quisimos entrar con los edificios propios. La segunda etapa será ir a los edificios que no están directamente bajo nuestra jurisdicción, como juzgados, que tienen bienes muebles que podrían inventariarse”, advirtió el funcionario.
Según la ley, los bienes muebles pertenecientes a entidades públicas, constituidos en acervos culturales, determinados como afectos al Patrimonio Cultural del Estado pueden ser: colecciones documentales, bibliográficas y archivos; los documentos escritos y gráficos, manuscritos e impresos, folletos, libros y expedientes; el mobiliario de carácter relevante artístico o histórico; obras artísticas pictográficas, artesanales y murales y obras fílmicas, gráficas o sonoras.
Áreas de protección determinadas
Para el inventario se han considerado también los polígonos de protección, que —según la Ley de Patrimonio— son los espacios definidos y delimitados dentro de los planes de desarrollo urbano y los programas de ordenamiento ecológico local, donde se localizan áreas, sitios, predios y edificaciones como áreas de valor natural, áreas de valor paisajística, área típica, centro histórico y lugares sagrados.
“Los 125 municipios tienen su polígono de protección y lo mismo de algunas delegaciones, ahí puede ser el número un poco mayor pero no tengo el dato”. En ese sentido, Tomás Orendain Verduzco, director general de Patrimonio de la SC, explicó que por ejemplo, Tepatitlán tiene su Centro Histórico en su cabecera, pero en la delegación San José de Gracia tiene mucho patrimonio y también se determinó una zona protegida.
Subrayó que las zonas ya estaban definidas, sin embargo se hicieron algunos ajustes y actualizaciones de acuerdo con cada municipio.
Agregó que una vez que el inventario sea publicado, éste podrá ser revisado por cualquier persona: “La base de datos va a poder ser consultada por todos los ciudadanos”.
SABER MÁS
Algunos detalles de la ley
> Las actualizaciones de bienes inscritos en el inventario deberán publicarse en el “Periódico Oficial El Estado de Jalisco” a más tardar la primera quincena del mes de noviembre de cada año.
> Se les da la atribución a los Ayuntamientos para que éstos emitan sus declaratorias de patrimonio.
> También la SC podrá incorporar en el Registro Público de la Propiedad las declaratorias, para que al momento de la transacción de un inmueble se pueda saber que tiene valor patrimonial.
¿Qué se considera como patrimonio material e inmaterial?
Los bienes inmuebles que por sus características sean de relevancia histórica, artística, científica, tecnológica, natural, arqueológica, arquitectónica, industrial y urbana.
Asimismo, entran en esta clasificación los bienes muebles que por estar vinculados a la vida social, política, económica o cultural de Jalisco y por su valor histórico o estético, deben ser objeto de preservación.
La Ley de Patrimonio Cultural del Estado de Jalisco y sus Municipios, aprobada en agosto de 2014, puso a la dependencia el plazo de 180 días para que tuviera terminado el inventario, el cual estuvo listo el pasado viernes 29 de mayo, lo que significa que alcanzó a cumplir con el límite señalado por la legislación y que ahora sólo falta su publicación para que tenga validez, aseguró el funcionario.
“El viernes pasado se empezó a hacer el trámite para que se suba al Diario Oficial, estamos en tiempo y forma. Eso (la publicación) depende del periódico”.
Orendain Verduzco explicó que el inventario está dividido en patrimonio inmaterial, patrimonio edificado, patrimonio mueble y zonas de protección de los 125 municipios del Estado, de los cuales también se tomaron en cuenta las delegaciones.
En el caso del patrimonio inmaterial, detalló que se estuvo trabajando con los municipios y sus delegaciones para que éstos enviaran lo que consideraban patrimonio. Tras dar cursos sobre cómo llenar las fichas, recibieron mil 300 manifestaciones de todos los municipios, sin embargo, al final quedaron alrededor de 800.
“En esto participó el CECA (Consejo Estatal para la Cultura y las Artes) y otro comité que se formó con expertos. Se hizo depuración, porque nos pusieron algunas cosas que para los expertos no tienen la connotación de patrimonio inmaterial”.
También, dijo, se les envió a los municipios para que validaran alguna manifestación, y ellos definían que algunas no estaban vigentes.
De bienes muebles e inmuebles
De patrimonio edificado, Tomás Orendain Verduzco resaltó que fueron más de 20 mil fincas de los 125 municipios las que se registraron con una ficha de datos. “La obligación directa de nosotros son los de 1900 a la fecha”.
Sobre los bienes muebles que se tomaron para el inventario, dijo que se consideraron los 19 edificios que están bajo su competencia, lo cual continúa en revisión y no arroja de momento un número aproximado, debido a la determinación de si los frescos que están de los muros formarían parte.
“Ahorita quisimos entrar con los edificios propios. La segunda etapa será ir a los edificios que no están directamente bajo nuestra jurisdicción, como juzgados, que tienen bienes muebles que podrían inventariarse”, advirtió el funcionario.
Según la ley, los bienes muebles pertenecientes a entidades públicas, constituidos en acervos culturales, determinados como afectos al Patrimonio Cultural del Estado pueden ser: colecciones documentales, bibliográficas y archivos; los documentos escritos y gráficos, manuscritos e impresos, folletos, libros y expedientes; el mobiliario de carácter relevante artístico o histórico; obras artísticas pictográficas, artesanales y murales y obras fílmicas, gráficas o sonoras.
Áreas de protección determinadas
Para el inventario se han considerado también los polígonos de protección, que —según la Ley de Patrimonio— son los espacios definidos y delimitados dentro de los planes de desarrollo urbano y los programas de ordenamiento ecológico local, donde se localizan áreas, sitios, predios y edificaciones como áreas de valor natural, áreas de valor paisajística, área típica, centro histórico y lugares sagrados.
“Los 125 municipios tienen su polígono de protección y lo mismo de algunas delegaciones, ahí puede ser el número un poco mayor pero no tengo el dato”. En ese sentido, Tomás Orendain Verduzco, director general de Patrimonio de la SC, explicó que por ejemplo, Tepatitlán tiene su Centro Histórico en su cabecera, pero en la delegación San José de Gracia tiene mucho patrimonio y también se determinó una zona protegida.
Subrayó que las zonas ya estaban definidas, sin embargo se hicieron algunos ajustes y actualizaciones de acuerdo con cada municipio.
Agregó que una vez que el inventario sea publicado, éste podrá ser revisado por cualquier persona: “La base de datos va a poder ser consultada por todos los ciudadanos”.
SABER MÁS
Algunos detalles de la ley
> Las actualizaciones de bienes inscritos en el inventario deberán publicarse en el “Periódico Oficial El Estado de Jalisco” a más tardar la primera quincena del mes de noviembre de cada año.
> Se les da la atribución a los Ayuntamientos para que éstos emitan sus declaratorias de patrimonio.
> También la SC podrá incorporar en el Registro Público de la Propiedad las declaratorias, para que al momento de la transacción de un inmueble se pueda saber que tiene valor patrimonial.
¿Qué se considera como patrimonio material e inmaterial?
Los bienes inmuebles que por sus características sean de relevancia histórica, artística, científica, tecnológica, natural, arqueológica, arquitectónica, industrial y urbana.
Asimismo, entran en esta clasificación los bienes muebles que por estar vinculados a la vida social, política, económica o cultural de Jalisco y por su valor histórico o estético, deben ser objeto de preservación.