México | Ahora los trabajadores del Estado deberán informarse para elegir un sistema de pensión La derrota de burócratas en la Ley del ISSSTE El nuevo régimen de pensiones del ISSSTE se mantiene casi sin cambios. El sistema financiero del Instituto, a decir de algunos ministros de la Corte, se mantendrá a salvo. Por: SUN 20 de junio de 2008 - 09:11 hs El nuevo régimen de pensiones del ISSSTE se mantiene casi sin cambios. El sistema financiero del Instituto, a decir de algunos ministros de la Corte, se mantendrá a salvo. Los juicios en los que, por vez primera, alrededor de 2 millones de personas cifraron sus esperanzas, se perdieron, aunque en sus sentencias no se mencione la frase “no ampara”. A partir de ahora, a los trabajadores del gobierno no les queda más opción que decidir si se adhieren al Pensionissste o si se quedan en un sistema que, a decir de la Corte, es muy similar al de la anterior ley y que contiene la mayoría de los beneficios que ya tenían. El problema que enfrentarán, a partir de este momento, la mayoría de trabajadores al servicio del Estado es que requerirán información certera de los beneficios y perjuicios que les genera cada uno de los sistemas —de acuerdo con su edad y años de servicio—, para saber cuál opción les conviene más, porque en la actualidad no cuentan con información confiable que les permita tomar una decisión. Una vez que la Suprema Corte declaró válida ayer, casi en su totalidad, la reforma a la Ley del ISSSTE, que impulsó el presidente Felipe Calderón con el apoyo de los legisladores del PAN y del PRI, los trabajadores tendrán hasta el 14 de noviembre para decidir cuál de los dos regímenes aceptan. Después de cuatro sesiones en las que las amenazas de manifestaciones masivas en contra de un fallo adverso se diluyeron, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) llegó a la conclusión de que sólo cinco puntos de la Ley del ISSSTE son inconstitucionales. Y aunque en la práctica avaló casi en todos sus términos la reforma al sistema de pensiones del ISSSTE y rechazó las impugnaciones de los trabajadores, la Corte no quiso que se plasmara la leyenda “no ampara”. En una decisión inusual, a propuesta del presidente del alto tribunal, Guillermo Ortiz Mayagoitia, en las sentencias que reciban los trabajadores que promovieron los amparos sólo se dirá que la SCJN los ampara y protege en contra de los cinco puntos declarados inconstitucionales. Pero no que perdieron el resto de sus demandas. A manera de justificación, Ortiz, dijo que no era pertinente decir que se negaban los amparos porque aun en los puntos en los que se dijo que no se violaba la Constitución se establecieron métodos de interpretación que beneficiarán a los trabajadores. Pero no quedó claro cuáles son esos puntos que benefician a los trabajadores. Los ministros se comprometieron a elaborar posteriormente un documento didáctico en el que se dé a conocer bajo qué criterios se debe aplicar a los trabajadores, ya sea el régimen del PensionISSSTE o el que se basa en el anterior esquema. Y ese material, si se concreta, al final, después del revés que recibieron, puede convertirse en un material de mucha ayuda para los trabajadores. Temas Legislativo ISSSTE Suprema Corte de Justicia de la Nación Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones