México | Revocan a candidato independiente a la Presidencia de la República IFE revisará la solicitud de registro para candidato presidencial Magistrados proponen revocar resolución para que sea el Consejo General del IFE quien resuelva sobre la solicitud de registro formulada por Montoya Fernández Por: NTX 9 de febrero de 2011 - 20:43 hs El Consejo General del IFE es el que establece la facultad de otorgar o denegar el registro de candidaturas. ARCHIVO / CIUDAD DE MÉXICO (09/FEB/2011).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al IFE revisar la solicitud de registro del aspirante a candidato independiente a la Presidencia de la República, Héctor Montoya Fernández, para el periodo 2012-2018. Durante la sesión de este miércoles los magistrados de la Sala Superior del TEPJF revocaron, por unanimidad, la determinación del director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del IFE, de negar a Montoya Fernández el registro como candidato presidencial. Asimismo, ordenaron al Consejo General del instituto emitir una resolución en la que dé respuesta al escrito del actor, como proceda en derecho, en la sesión que celebre inmediatamente después de que se le notifique esta ejecutoria. Una vez hecho lo anterior, deberá informar a la Sala Superior el cumplimiento dado a esta sentencia dentro de las 24 horas siguientes y anexar las constancias respectivas, lo que incluye las de notificación al actor de la resolución correspondiente. Sin más discusión, los magistrados se sumaron a la ponencia de Flavio Galván Rivera, quien sostuvo que corresponde al Consejo General, no a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, determinar si se concede o no el registro como candidato presidencial independiente. De acuerdo con el proyecto, se establece que la facultad de otorgar o negar el registro de candidaturas para Presidente de la República es exclusiva del Consejo General del Instituto Federal Electoral. Por lo anterior, agrega, tal atribución no puede ser delegada al director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, como aconteció en el caso estudiado. Por ello, la ponencia del magistrado Galván Rivera propone revocar la resolución para que sea el Consejo General del IFE quien resuelva sobre la solicitud de registro formulada por Montoya Fernández. En primer término, propone desestimar las causales de improcedencia hechas valer por la autoridad responsable, consistentes en la falta de interés jurídico del actor y la frivolidad del medio de impugnación. En cuanto al fondo, declarará fundado el concepto de agravio que hace valer el actor, en el que aduce que el aludido funcionario electoral federal carece de facultades para negarle su registro como candidato independiente a Presidente de la República. En el proyecto se considera que asiste la razón al enjuiciante, pues la determinación impugnada no cumple lo previsto en el artículo 16 de la Constitución, al haber sido emitida por la autoridad no competente. Esto porque el Cofipe no prevé que el director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del IFE tenga facultades para conceder o negar el registro de candidaturas a cargos de elección popular, ni para dictar determinación alguna al aludido registro. Agrega que dicho funcionario únicamente debe llevar los libros de registro de los candidatos a los puestos de elección popular, lo que constituye una función meramente ejecutiva, y no puede decidir en torno a la concesión o cancelación de registro alguno. Temas IFE Política TEPJF Lee También Congreso de Perú destituye como presidenta a Dina Boluarte La distopía de Clara Brugada Premio Nobel de la Paz es para María Corina Machado, líder opositora de Venezuela Músculo y distancia Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones