México | Aprueban salvaguardar los derechos de mexicanos y extranjeros El Senado fortalece a la CNDH; tendrá facultad para Los legisladores enviaron a la Cámara de Diputados la minuta para derivarla a los congresos estatales para su aceptación Por: SUN 9 de abril de 2010 - 02:18 hs CIUDAD DE MÉXICO.- El pleno senatorial aprobó en lo general por unanimidad modificaciones a la Constitución para fortalecer el respeto y salvaguarda de los derechos humanos de mexicanos y extranjeros, incluso durante una eventual Declaratoria de Estado de Emergencia. La minuta regresa a la Cámara de Diputados con modificaciones e inicia su recorrido por los congresos locales. Las reformas a la Constitución fortalecen las facultades de investigación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) otorgándole las facultades de investigación en caso de violación grave a las garantías individuales que por ahora tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Los servidores públicos están obligados a cooperar en la investigación de la CNDH e, incluso, entregarle información “reservada”. En caso de que los funcionarios se nieguen el Senado los citará a comparecer para que expliquen públicamente sus razones. Por su parte, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) podrá investigar a altos funcionarios (secretarios, gobernadores y alcaldes) en casos graves de violación a garantías individuales, facultad que tiene la Suprema Corte, según un dictamen aprobado por el Senado y que debe ser ratificado por la Cámara de Diputados. LOS PUNTOS Las reformas aprobadas establecen expresamente que la CNDH puede ejercitar acciones de inconstitucionalidad contra leyes federales, estatales y del Distrito Federal que vulneren los derechos humanos. De igual manera, se precisa que se debe fundar y motivar la suspensión de garantías y el Estado de Excepción con base en la proporcionalidad, la legalidad, la proclamación, la publicidad y la no discriminación. También que la suspensión de garantías no podrá suspender derechos humanos como el reconocimiento de la personalidad jurídica a la vida, a la integridad de la persona, al nombre, a la protección de la familia y la prohibición de la pena de muerte. La suspensión de garantías y el Estado de Excepción solo podrán declararse por motivos reales con base en la proporcionalidad, la legalidad, la proclamación, la publicidad y la no discriminación. La suspensión de garantías deberá ser aprobada por las dos cámaras del Congreso, no por la Comisión Permanente, y la Corte revisará la constitucionalidad del Estado de Excepción y se pronunciará de inmediato al respecto. De igual manera, el pleno rechazó la propuesta del senador del PRD, Tomás Torres de realizar cambios de forma a la redacción de los artículos 33 y 102 constitucionales. Temas CNDH SCJN Poder Legislativo Congreso Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones