México | La nueva norma contempla medidas preventivas como reubicación temporal Calderón firma Ley de Protección a activistas y periodistas La ley contempla medidas como entrega de equipo celular, reubicación temporal, escoltas, chalecos antibalas, entre otras Por: SUN 22 de junio de 2012 - 12:20 hs CIUDAD DE MÉXICO (22/JUN/2012).- El Presidente Felipe Calderón Hinojosa firmó horas el decreto de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y periodistas. El Ejecutivo federal tendrá un término de entre tres a seis meses máximo, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para expedir el reglamento de la Ley. El documento que promulgó Calderón en Los Pinos, justo cuando se recrudece la violencia y agresiones contra periodistas, establece medidas de protección como evacuación, reubicación temporal, escoltas de cuerpos especializados; protección de inmuebles, entre otras que se requieran para salvaguardar la vida, integridad y libertad de los comunicadores. Las medidas de protección incluyen: entrega de equipo celular, radio o telefonía satelital; instalación de cámaras, cerraduras, luces u otras medidas de seguridad en las instalaciones de un grupo o casa de una persona; chalecos antibalas y detector de metales, y hasta autos blindados. Con esta Ley se crea el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, operado por la Secretaría de Gobernación. La primera Junta de Gobierno se instalará en el término de diez días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la ley, con la participación de las dependencias de la Administración Pública Federal y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y luego 10 días para incorporar a organismos civiles y de periodistas. Las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Gobernación llevarán a cabo todos los actos necesarios de conformidad con las disposiciones aplicables para constituir el Fondo en un término de tres meses contados a partir de la entrada en vigor del decreto. La norma que consta de 67 artículos prevé, entre otras sanciones, que al Servidor Público que en forma dolosa altere o manipule los procedimientos del Mecanismo para perjudicar, poner en riesgo o causar daño a la Persona Defensora de Derechos Humanos, Periodista, peticionario y beneficiario, se le impondrá de dos a nueve años de prisión, y de setenta hasta cuatrocientos días multa y destitución e inhabilitación de dos a nueve años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Las agresiones contra periodistas se considerarán así cuando por acción u omisión o se dañe la integridad física, psicológica, moral o económica de las personas defensoras de derechos humanos o del periodista, "así como a su cónyuge, concubina, concubino, ascendientes, descendientes, personas que participan en las mismas actividades desde el mismo grupo, organización o movimiento social". Temas Gobierno de México Felipe Calderón Derechos Humanos en México Agresiones a periodistas Lee También "La Mañanera" de Sheinbaum de hoy martes 21 de octubre de 2025 Suman más de siete mil carpetas de investigación por huachicol fiscal El PAN, ¿refundar qué? Lemus responde a Riva Palacio Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones