Viernes, 26 de Julio 2024
México | El jueves los ministros presentarán una nueva propuesta de interpretación

Busca SCJN reinterpretación de 'Ley de Geolocalización'

El jueves los ministros presentarán una nueva propuesta de interpretación conforme y apegada a la constitución

Por: EL INFORMADOR

Los ministros de la SCJN dividen sus opiniones sobre la posible transgresión del derecho a la privacidad. ARCHIVO /

Los ministros de la SCJN dividen sus opiniones sobre la posible transgresión del derecho a la privacidad. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (14/ENE/2014).- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN) dividen su opinión sobre la posible transgresión del derecho a la privacidad que implica la llamada "Ley de Geolocalización", por ello concretarán para el jueves una propuesta de interpretación conforme y apegada a la constitución el próximo jueves.
 
La discusión en la corte se inició después de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), contra las reformas al Código de Procedimientos Penales, el cual permite a la Procuraduría General de la República ( PGR) acceder directamente a la ubicación de teléfonos celulares.
 
En la sesión de hoy, el ministro presidente Juan N. Silva Meza, promovió la armonización a partir de interpretaciones conformes y apegadas a la constitución, aunque asegura que la geolocalización se hace en relación con el teléfono, no con sus contenidos y el dueño.
 
Afirma que es armonizable la norma en relación a delitos calificados de alto impacto que "lesionan a la sociedad de manera muy sensible y grave; requieren la acción oportuna". Silva Meza dice que habría que interpretarse la llamada "Ley de Geolocalizaicón" integralmente a la luz de todos los principios constitucionales, y a través del marco de derechos humanos.
 
Sobre la violación al derecho a la privacidad estipulado, garantizado en la Constitución, señala que "tiene restricciones y no es absoluto (...) Una de las formas como se mantiene la seguridad y orden público es a través de la investigación de delitos".
 
Acepta el peligro de que un incorrecto actuar de los agentes del ministerio público hacia el derecho de libertad de las personas, "y se viola la integridad persona y en algunos casos la vida".
 
La CNDH demanda la invalidez de los artículos 133 quater, del Código Federal de Procedimientos Penales, y el 40 de la ley Federal de Telecomunicaciones. Las reformas fueron publicadas  en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2012.
 
El ministro José Ramón Cossío Díaz se dice en contra del recurso, aunque erige como punto de partida el derecho humano, "el cual no debe sucumbir ante la decisión de un investigador o diputado".
 
Advirtió de la potencial vulneración al derecho de la privacidad, no por la inconstitucionalidad de la medida, sino por la falta de un control de parte de un juez.
 
El miembro de la corte Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena agrega que la facultad del ejecutivo para perseguir los delitos, no puede atravesar los derechos humanos, "se deben buscar los medios idóneos para la persecución de los delitos". Apoyó la medida de la interpretación conforme a la constitución de parte de una autoridad judicial.
 
La propuesta llegó de Margarita Beatriz Luna Ramos, para aterrizar un nuevo texto que aclare la interpretación. Analiza que localizar el aparato sí tiene el fin de encontrar una persona. "Cuando hablamos de localización estamos hablando en dónde se ubicó el aparato para realizar esa llamada, el aparato no se accionó solito".
 
Indica que la norma "no viola el derecho a la privacidad, porque es una persona que comete un delito, y es facultad de la autoridad perseguirlo (...) de minutos depende la vida de una persona".
 
Frase
 
"La protección a la información privada puede tener excepciones": ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia, Juan N. Silva Meza.
 
Hasta siete años de prisión para quien utilice ilícitamente geolocalización
 
Siete años de prisión, multa de más de 20 mil pesos y destitución del cargo, podrá sufrir el servidor público que haga mal uso de la llamada "Ley de Geolocalización", parte de las reformas aprobadas por la Cámara de Diputados en el mes de marzo de 2012. Entre ellas, se dio un cambio en el artículo 133 quáter del Código Federal de Procedimientos Penales, y del capítulo reglas especiales para la práctica de diligencias y levantamiento de actas de averiguación previa en el que menciona:
 
"Tratándose de investigaciones en materia de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, extorsión o amenazas, el Procurador General de la República o los servidores públicos en quienes delegue la facultad, solicitarán por simple oficio o medios electrónicos a los concesionarios o permisionarios del servicio de telecomunicaciones la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea, que se encuentren relacionados".
 
Este hecho también considerado una de las bases de licitación pública del espectro radioeléctrico en la Ley Federal de Telecomunicaciones. En el artículo 14 del capítulo de las concesiones sobre el espectro radioeléctrico menciona que:
 
"En el caso de los servicios de telecomunicaciones, las acciones coordinadas con la autoridad correspondiente, que permitan combatir los delitos de extorsión, amenazas, el secuestro en cualquiera de sus modalidades o algún delito grave o relacionado con la delincuencia organizada".
 
De todas las solicitudes, la autoridad dejará constancia en autos y las mantendrá en sigilo. En ningún caso podrá desentenderse la solicitud y toda omisión imputable al concesionario o permisionarios, será sancionada en términos de lo previsto por el Código Penal Federal.
 
Las sanciones establecidas indican que el concesionario que se rehúse de forma dolosa a conceder los datos, se le impondrán hasta 168 mil 225 pesos de multa.
 
Para los servidores públicos, ligados a la PGR, podrían cometer el delito de ejercicio indebido al que sustraiga, destruya, oculte, utilice, o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso, o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión.
 
Las penas podrían ser de dos a siete años de prisión, y una multa de hasta 20 mil 187 pesos, además de la destitución e inhabilitación de dos años a siete años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
 
De acuerdo a esta ley la localización geográfica en tiempo real es la ubicación aproximada en el momento en que se procesa una búsqueda de un equipo terminal móvil asociado a una línea telefónica determinada.
 
Para saber
 
Estos cambios llegaron para sustituir el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (RENAUT), cuyos datos recabados fueron destruidos en junio de 2012 por la Secretaría de Gobernación. Hasta 98 millones 455 mil 246 números telefónicos y la Clave Única del Registro de Población fueron desechados. La razón del fracaso del sistema fueron los dobles registros, o usuarios que mandaban nombres falsos o de personajes políticos o artísticos.
 
LA VOZ DEL EXPERTO

Geolocalización viola derechos humanos, por uso político de la policía
 
Francisco Macías Medina (académico de la asociación Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo)

"La falta de un contrapeso para equilibrar el accionar de las autoridades judiciales y policiacas provoca que las reformas para geolocalizar celulares vulneren los derechos humanos de la gente, explica el académico en derechos humanos e integrante de la asociación Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, Francisco Macías Medina.
 
Afirma que se está en un contexto en el que está comprobado que las autoridades ya realizaban la localización de personas fuera del marco legal. "Estamos a gran distancia de la transparencia en las facultades de la autoridad (...) venimos de un rezago histórico en el que la policía es utilizada con fines políticos".
 
Sobre la tendencia hacia rechazar el recurso de la CNDH de parte de la Suprema Corte de Justicia señala que ya no es sorpresivo, porque como recibe reconocimientos de la Organización de las Naciones Unidas, puede provocar "regresiones" en el plano de los derechos humanos.
 
Abunda en el uso incorrecto de estos aditamentos de parte de las autoridades para combatir la delincuencia organizada y pone como ejemplo el caso de Wikileaks, debido a que esto pone en riesgo derechos de datos, e integridad de los involucrados.
 
Para mitigar los efectos negativos de las reformas propone que las peticiones de geolocalización estén fundamentadas en una resolución judicial, y que esa autoridad emita medidas y rinda cuentas.  "Debe de tener controles que impidan el apuso, y el tercer elemento debe haber un mecanismo que sancione los procedimientos ilegales".
 
PGR debe ganarse la confianza para aplicar la "Ley de Geolocalización"

Guillermo Zepeda Lecuona (investigador del Departamento de Estudios Sociopolíticos y Jurídicos del ITESO)

 
Se debe trabajar en los mecanismos de depuración de las autoridades para que sepan cuándo utilizar el sistema de localización de celulares, y dar confianza a los ciudadanos, dice el investigador del Departamento de Estudios Sociopolíticos y Jurídicos del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO), Guillermo Zepeda Lecuona.
 
Una de las formas para alcanzar este objetivo podría ser un órgano independiente que evalúe a los agentes que intervengan en casos de geolocalización y que sea un personal "con todos los controles, con un registro de quién hace uso de estos instrumentos, y con cuáles fundamentos".
 
El académico anota que sólo una de cada 10 personas tiene confianza en los Ministerios Públicos, y siete de cada 100 en la policía. "Hay un descredito pero debe ganar una legitimidad del ejercicio".
 
Acerca de la utilidad de la geolocalización explica que son adecuados ya que aporta eficacia y capacidad de reacción inmediata a las autoridades contra delitos de alto impacto: "Ayuda a que las investigaciones den resultados y se logren evitar consecuencias fatales".
 
EL INFORMADOR / SAÚL PRIETO

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