Miércoles, 05 de Noviembre 2025
Jalisco | El diputado federal urge a la aprobación de Ley de Control de Confianza

Zamora llama a atender estrategias de seguridad del Ejecutivo local

El coordinador de los diputados federales por Jalisco, Arturo Zamora dijo que es momento de cerrar filas y apoyar las decisiones del Poder Ejecutivo

Por: EL INFORMADOR

El coordinador de los diputados federales por Jalisco, Arturo Zamora. ARCHIVO  /

El coordinador de los diputados federales por Jalisco, Arturo Zamora. ARCHIVO /

Rechazan control de confianza a jueces

GUADALAJARA, JALISCO (04/FEB/2011).-
En momentos como los que se vive en México y en particular en Jalisco en materia de seguridad, es momento de cerrar filas y apoyar las decisiones del gobernador del Estado, Emilio González Márquez , consideró el coordinador de los diputados federales por Jalisco, Arturo Zamora Jiménez.

El pri ista lamentó la postura del diputado del PRI, Luis Armando Córdova de decidir no agilizar la aprobación de la creación de la  Ley de Confianza para Jalisco y sus municipios, pues dice esta norma legal sería un elemento más, dentro de la serie de medidas que se toman para enfrentar a los delincuentes.

“México tiene prisa, Jalisco lleva los ritmos de México; no nos podemos rezagar y poner en riesgo la tranquilidad y la paz de los jaliscienses, con independencia del partido político en el que militemos, tenemos que sumar esfuerzos con el Estado y con los municipios para evitar que se disponga el tejido social de nuestro estado”, dijo

Con la creación de la Ley de Confianza, los elementos policiacos del Estado, de los municipios, del ministerio público y del Poder Judicial deberán someterse a exámenes médicos, toxicológicos, de conocimientos, patrimoniales, psicológicos y psicométricos.

Zamora Jiménez afirmó que los jueces y magistrados deben someterse a los exámenes que incluye la Ley de Control de Confianza.

“Todos los que están en el sistema de justicia que es una cadena que tiene muchos eslabones deben someterse a las reglas de Control de Confianza, ministerios  públicos, custodios, jueces, todos deben someterse a los controles de confianza, no es denigrante, no es insultante, no es una tarea que pueda afectar la personalidad de las personas que trabajan a favor de la justicia, por eso me pronuncio a favor de esquemas de esta naturaleza”, señaló.

A diferencia de la norma federal, que excluye a los jueces y magistrados de someterse al control de confianza, en Jalisco sí se prevé que  los integrantes del Poder Judicial se les apliquen los exámenes, al menos al ingresar a sus cargos y una vez al año.

El priista dijo que buscará un acercamiento con el presidente del PRI, Jalisco, Rafael González Pimienta para que hacer un frente común los diputados y presidentes municipales en el tema.

En el mismo, contexto, el legislador federal Arturo Zamora se pronunció a favor del mando único en Jalisco para enfrentar a los delincuentes.

“Quien debe determinar si es necesaria la presencia abierta del Ejército es el Gobierno del Estado, celebró que exista coordinación entre los diferentes niveles de gobierno, señalando que debe existir una policía única de manera permanente en el Estado, no sólo en momento de crisis”, expuso.

Zamora Jiménez recordó que los legisladores federales del PRI han presentado una propuesta de reforma al código penal federal para plantear como delito el terrorismo en aquellos casos donde se utilicen artefactos como explosivos, armas químicas que causen miedo entre la población, con penas de 10 a 50 años de prisión para estos delincuentes.

¿Qué dice la Ley?

La Ley de Control de Confianza del Estado de Jalisco y sus municipios


El pasado 25 de marzo del 2009 llegó hasta el Congreso local, la iniciativa firmada por el gobernador del Estado, Emilio González Márquez que proponía la creación de esta nueva Ley.

En la exposición de motivos, el mandatario refiere que el pasado 2 de enero de 2009 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que además crea el Consejo Nacional de Certificación y Acreditación que debe aplicar los controles de confianza en la federación, estados y Distrito Federal.

El Poder Ejecutivo explica en el documento que “esta administración pública, consciente de que la sociedad jalisciense percibe que la lentitud, inequidad, corrupción e impunidad son el común denominador, cuando de seguridad pública se trata lo que genera desconfianza en las instituciones”, por lo que dice “nos unimos a las reformas constitucionales en materia de seguridad.

Con esta nueva Ley, el Estado pretende “desmembrar a las instituciones públicas de personal no apto que no cumpla con las características requeridas para su cargo, es por eso que los miembros de los cuerpos de seguridad pública que señala la Ley que no resulten aptos en los procesos de evaluación, serán dados de baja”.

Esta Ley consta de 20 artículos y prevé la creación del Centro Estatal de Control de Confianza.

En el Capítulo I explica que se deberán realizar siete tipos de exámenes y serán iniciales, periódicos y extraordinarios.

Los exámenes serán patrimoniales, médicos, psicométricos, psicológicos, toxicológicos, poligráficos y de conocimientos de sus funciones.

En el artículo sexto incluye, a diferencia de la Ley Federal, al Supremo Tribunal de Justicia, el Consejo de Judicatura, el Instituto de Justicia Alternativa y aclara que “deberán establecer su unidad de control de confianza y podrán auxiliarse para los exámenes y evaluaciones del Centro Estatal de Control de Confianza”.

En la ley aclara que los procesos de control de confianza del Poder Judicial, deberán cumplir las disposiciones de la Ley y deberán realizarse (los exámenes) al menos una vez al año a los servidores públicos que intervengan en la administración de justicia penal, adolescentes infractores, incluidos jueces y magistrados.

En la Ley se especifica que el Congreso deberá, en el proceso de nombramiento de magistrados, consejeros de la Judicatura y presidente del Instituto de Justicia Alternativa como requisito aprobar los exámenes expuestos en la Ley. Aclara además que cada ayuntamiento deberá establecer sus propias unidades de control de confianza.

En cuanto a las sanciones establecidas en esta Ley, advierten que a las personas que no  se presenten a realizar los exámenes y evaluaciones cuando su superior jerárquico lo solicite, serán dados de baja, pues se considerará como una falta grave y será causal de juicio político a aquellos que incurran en esta omisión.

En su artículo 18, advierte además que los servidores públicos que resulten no aptos, de acuerdo con los exámenes serán dados de baja. Añade que las autoridades competentes de cada institución “deberá presentar las denuncias administrativas, penales o de juicio político respectivas, de no hacerlo será sancionado con remoción del cargo”.

Cabe señalar que en su artículo cuarto transitorio de esta Ley, permite a la Secretaría de Finanzas realizar las adecuaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a este nuevo ordenamiento legal.

EL INFORMADOR /ZAIRA RAMÍREZ

Temas

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones