Miércoles, 29 de Octubre 2025
Jalisco | Presentan controversia constitucional contra la norma

Poder Judicial, en contra de la Ley de Austeridad de Jalisco

Presentan controversia constitucional contra la norma, que aseguran contraviene la división de poderes

Por: EL INFORMADOR

Vega Pámanes asegura que esta nueva norma incurre en otras violaciones, mismas que quedaron fundadas. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Vega Pámanes asegura que esta nueva norma incurre en otras violaciones, mismas que quedaron fundadas. EL INFORMADOR / ARCHIVO

GUADALAJARA, JALISCO (27/ENE/2015).-  El Poder Judicial presentó una controversia constitucional para que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analicen la invalidad de aplicar la Ley de Austeridad y Ahorro de Jalisco que hace algunas semanas fue aprobada por los diputados y publicada por el Poder Ejecutivo.

En un comunicado el titular del Poder Judicial, Luis Carlos Vega Pámanes señala que ese poder "no está en contra de la austeridad y el ahorro, y sin embargo velará por el cumplimiento del principio de plena división de poderes que ésta ley contraviene".

Uno de los principales argumentos de ese poder es que la norma contraviene la división de poderes.

"El Supremo Tribunal de Justicia del Estado interpuso ésta semana una controversia constitucional contra ésta ley, que además incurre en otras violaciones, mismas que quedaron fundadas y motivadas en la controversia presentada."

El recurso jurídico interpuesto ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sustenta además, que la ley contraviene el principio de independencia judicial y autonomía de la gestión presupuestal del Poder Judicial, contemplados en los artículos 57 de la Constitución Política del Estado de Jalisco.

De acuerdo con los magistrados del Poder Judicial, un criterio de la Suprema Corte de Justicia establece implícitamente la existencia de tres mandatos prohibitivos, dirigidos a los poderes públicos de las entidades federativas, para que respeten la división de poderes: "la no intromisión, la no dependencia y la no subordinación".

En el comunicado, el titular del Poder Judicial del Estado de Jalisco señala que ese Poder "maneja el presupuesto bajo los principios de austeridad y ahorro en la fijación, administración y ejercicio de su presupuesto, ya que el desarrollo de nuestras tareas siempre se llevan a cabo los principios de austeridad, disciplina presupuestal, racionalidad, proporcionalidad, equidad, certeza, y motivación".
 
Telón de Fondo


El primero de enero entró en vigencia la Ley de Austeridad y Ahorro de Jalisco. De acuerdo con esta norma, los salarios y la burocracia se ajustarán a las recomendaciones emitidas por el Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial, además quedan prohibidos los bonos, percepciones extraordinarias y contratación de seguros de gastos médicos.

De acuerdo con la norma tampoco se permitirá que los funcionarios de segundo nivel o menor grado jerárquico tengan secretarios privados. Por otra parte, los servicios de consultoría y asesoría se restringen, lo mismo que la contratación de personal por honorarios.

La ley es de observancia general para todas las instancias públicas que reciben dinero del erario: los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de Jalisco y sus organismos públicos, así como los 125 ayuntamientos.

Para todos, los gastos en publicidad y comunicación, por cualquier medio, redes sociales e internet, no podrán rebasar 0.3% del presupuesto total de los sujetos obligados, con excepción de los anuncios por motivo de seguridad pública, salud y protección civil.

También se limita el desembolso en servicios profesionales, científicos, técnicos y de asesoría, el cual no podrá rebasar 0.1% del presupuesto total.
 
Sobre las adquisiciones, arrendamientos y servicios, se ordena que se adjudicarán a través de licitaciones públicas, que "sólo podrán autorizarse si el precio es igual o menor al precio de mercado de mayoreo, considerando la calidad, garantías y servicio".

Sobre el uso de los servicios de telefonía (fija y móvil) se regula mediante un tabulador de cuotas que determina los topes en función de las atribuciones, necesidades y responsabilidades de los servidores públicos, quienes tendrán prohibido otorgar regalos u obsequios con cargo al erario.

La norma estipula que los recursos generados por estos ahorros deben destinarse al capítulo de inversión pública, como obras y servicios. Por ninguna razón podrán ir al gasto operativo. Por ello deben elaborar un informe de austeridad.

EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ

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