Viernes, 24 de Octubre 2025
Jalisco | Alberto Barba Gómez llama a los ayuntamientos a no ser omisos con los ciudadanos

Magistrado defiende fallo sobre espectaculares

Reconoce que es un problema recurrente y el Tribunal tiene 'miles de expedientes'

Por: EL INFORMADOR

Avenida Américas. Una muestra de la publicidad colocada en lugares prohibidos por los municipios. EL INFORMADOR / A. Hinojoa

Avenida Américas. Una muestra de la publicidad colocada en lugares prohibidos por los municipios. EL INFORMADOR / A. Hinojoa

GUADALAJARA, JALISCO (06/NOV/2014).- Este medio publicó que en la Zona Metropolitana de Guadalajara abunda la publicidad en sitios prohibidos, como puentes y edificios. Esto porque el Tribunal de lo Administrativo del Estado (TAE) ha resuelto, contraviniendo los reglamentos municipales, a favor de los particulares que interponen recursos contra los ayuntamientos.

En abril pasado, el magistrado presidente de la Sexta Sala del TAE, Alberto Barba Gómez, dio luz verde a la instalación de anuncios en puentes por medio de la figura de la afirmativa ficta, con el argumento de que el particular solicitó licencias en varios municipios y éstos no respondieron.

El magistrado defiende el sustento legal de su conclusión, al asegurar que si los particulares reúnen todos los requisitos legales para haber obtenido una respuesta favorable de la autoridad, pero no la obtuvieron dentro de los 30 días hábiles desde que ingresaron los documentos a la instancia competente, entonces “la ley castiga el silencio de dicha autoridad con la afirmación del acto solicitado (permiso, licencia, autorización) por el particular”.

“La Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco establece que los actos regulativos, como licencias, permisos o análogos, son sujetos de afirmativa ficta”.

Al cuestionarle sobre si este tipo de fallos no sienta un precedente para que más particulares sigan la misma ruta y recurran al TAE, responde que no, pues la misma ley lo prevé así. “Cualquier particular que solicite un permiso de un acto regulativo y al transcurrir el tiempo sin que la autoridad le responda, opera a su favor la afirmativa ficta”. Es el castigo pues, que la autoridad recibe por ser omisa.

Acepta que se trata de un problema recurrente: “Tenemos miles de expedientes en ejecución de sentencia y que las autoridades no dan cumplimiento... Nos encontramos con esta problemática, que no cumplen”.

Para evitar este tipo de situaciones, llama a las autoridades a darle contestación a las peticiones de los particulares, “porque si la autoridad no da la contestación lo que provoca es una sanción por el silencio, pero si la autoridad le contesta y lo niega por los motivos que tenga, entonces ya no entramos en el campo de una afirmativa ficta”.

Mientras tanto, siguen apareciendo en la Zona Metropolitana de Guadalajara lonas y anuncios en lugares prohibidos por los reglamentos municipales.

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