Martes, 23 de Abril 2024
Economía | La ley es considerada abusiva por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En España, planean corregir la legislación hipotecaria

La legislación hipotecaria no protege al consumidor y usuario de la banca, pues permite el desahucio antes de que pueda acceder a una acción judicial contra la entidad acreedora

Por: NTX

MADRID, ESPAÑA (14/MAR/2013).- El ministro español de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, anunció aquí que se corregirá la legislación hipotecaria de España, que es considerada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) como abusiva y contraria a la normativa europea.

En declaraciones en el Congreso de los Diputados, tras emitirse este jueves la sentencia del Tribunal con sede en Luxemburgo, indicó que "naturalmente la doctrina del Tribunal Europeo se incorporará a la legislación española".

El fallo del TJEU considera que la legislación hipotecaria española no protege al consumidor y usuario de la banca, porque permite el desahucio de la vivienda antes de que pueda acceder a una acción judicial contra la entidad financiera acreedora.

Asimismo, considera como abusiva a la legislación que no permite que un juez pueda interrumpir un procedimiento de desalojo de vivienda, sino que le obliga a abrir otro una vez realizado el desahucio.

"Nosotros lo que asumimos ya es el compromiso de que todos los aspectos (de la legislación española) hayan sido declarados contrarios a la legislación europea van a ser corregidos", manifestó el ministro español.

Consideró que esa corrección se puede hacer con la Iniciativa Legislativa Popular que entró el mes pasado en el Congreso de los Diputados para reformar la legislación hipotecaria, a petición de los grupos sociales afectados por los desahucios.

Recalcó que no se conoce el contenido completo de la sentencia, pero que se procederá su estudio completo para ajustar la legislación nacional.

La demanda parte del caso de un ciudadano marroquí que denunció a Catalunya Caixa, que le había concedido la hipoteca, de haberse apropiado de la vivienda a un 50 por ciento del valor y posteriormente haberlo desalojado, cuando él había denunciado pidiendo anular la cláusula de intereses de demora.

Mohamed Aziz había firmado su hipoteca en 2007 y en 2008 dejó de pagar sus cuotas, por lo que en 2009 se inició el trámite de desahucio en su contra, y tras ello defendió el curso de la demanda en España y posteriormente ante el TJUE.

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