Cultura | Señalan un punto polémico: el establecimiento del precio único al libro El Diario Oficial de la Federación publica el reglamento de la Ley del Libro La SEP y Conaculta fomentarán la lectura a través de 19 acciones con base al reglamento de la Ley del Libro Por: NTX 23 de abril de 2010 - 13:02 hs VEA EL DOCUMENTO OFICIAL DE LA FEDERACIÓNCIUDAD DE MÉXICO.- La celebración del 'Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor' no pudo haber tenido mejor festejo, pues hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Reglamento de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. De acuerdo con el texto publicado por el presidente de México, Felipe Calderón, y que cuenta con siete capítulos, 32 artículos y cuatro transitorios, a partir de hoy, con esta nueva norma se comenzará a aplicar el contenido de la citada legislación. Señala el artículo cuarto que la Secretaría de Educación Pública ( SEP) y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes ( Conaculta) orientarán a los integrantes de la cadena del libro para que éste, en su calidad de producto nacional, al igual que las ediciones de textos extranjeros cuyo proceso de impresión se realice en el territorio nacional, garanticen su presencia en el país y fuera de éste, en condiciones de calidad, cantidad, precio y variedad. En la norma se habla del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, que será un órgano consultivo de la Secretaría de Educación Pública y espacio de concertación y asesoría entre todas las instancias públicas, sociales y privadas vinculadas al libro y a la lectura. Estará integrado por instancias públicas, sociales y privadas vinculadas al libro y la lectura. Con la publicación del reglamento de operación de la ley, comenzará también a aplicarse uno de sus puntos más polémicos: el establecimiento del precio único al libro. Sobre el tema, de acuerdo con el artículo 16, se menciona que el editor o importador tiene la obligación de fijar libremente el precio único de venta al público de cada edición de los libros que edite o importe y de solicitar al Consejo su inscripción en el Registro. El artículo 17 destaca que el precio único de venta al público tendrá una vigencia de 18 meses contados a partir de la fecha de edición o importación del libro de que se trate. Para efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará como fecha de edición aquella que aparezca en el colofón del libro y como fecha de importación la correspondiente al pedimento de importación respectivo. Asimismo, los editores e importadores podrán comercializar en territorio nacional los libros sujetos al precio único de venta al público, a partir de la fecha en que el Consejo inscriba su precio en el Registro, indica el artículo 18. Se precisa que el precio único de venta al público regirá en todos los lugares donde se lleve a cabo la venta de libros, sean espacios físicos, virtuales o digitales, independientemente del método o procedimiento a través del cual se efectúe su comercialización. En el artículo dos transitorio, se señala que el Consejo deberá emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos dentro de los 90 días posteriores a la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento. Por último, tanto la SEP como Conaculta fomentarán de manera concurrente la lectura y el libro a través de 19 acciones que se señalan en el artículo quinto. Temas Literatura Conaculta Libros SEP DOF Lee También László Krasznahorkai: Libros para adentrarse al mundo del nuevo Nobel de Literatura ¿Cuánto cuestan y dónde comprar los libros del Nobel de Literatura 2025? Otorgan Premio Nobel de Literatura al húngaro László Krasznahorkai SEP: ¿La Constancia de Situación Profesional facilita encontrar empleo? Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones