La SEP dio a conocer ayer por la noche la propuesta del calendario escolar 2026-2027, un documento que define las fechas del regreso a clases, como de las vacaciones, suspensiones y sesiones de Consejo Técnico Escolar, además del cierre de año, que marcarán el próximo ciclo para millones de estudiantes en México.El documento publicado ayer y que está titulado como "Acuerdo por el que se establecen los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2026-2027", fue enviado a la Plataforma Integral de Gobernanza Regulatoria y será oficial una vez que aparezca publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), conforme a la Ley General de Educación.La propuesta aplica para Preescolar, Primaria y Secundaria en escuelas públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional, y contempla un mínimo de 185 días efectivos de clases.De acuerdo con la propuesta difundida por la SEP, el próximo ciclo escolar comenzaría el 31 de agosto de 2026 y concluiría el 9 de julio de 2027.En cuanto a los periodos vacacionales, se plantea que las vacaciones de invierno se realicen del 21 de diciembre de 2026 al 6 de enero de 2027, mientras que las vacaciones de Semana Santa abarcarían del 22 de marzo al 2 de abril de 2027.La propuesta también establece los viernes destinados al Consejo Técnico Escolar (CTE), jornadas en las que habitualmente se suspenden las actividades para los estudiantes. Las fechas previstas son 25 de septiembre, 30 de octubre y 27 de noviembre de 2026, así como 29 de enero, 26 de febrero, 30 de abril, 28 de mayo y 25 de junio de 2027.Respecto al registro de calificaciones, la SEP plantea tres periodos: 13 de noviembre de 2026, 5 de marzo de 2027 y 18 de junio de 2027.Además, la propuesta contempla suspensión de clases por días festivos oficiales el 16 de septiembre, 2 y 16 de noviembre de 2026, así como el 1 de febrero, 15 de marzo y 5 de mayo de 2027.Por ahora, estas fechas corresponden a una propuesta publicada en la Plataforma Integral de Gobernanza Regulatoria. El calendario adquirirá carácter oficial únicamente cuando sea publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), como establece la legislación vigente.*Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsAppOF