Viernes, 18 de Abril 2025

¿De cuánto es la multa por exceso de velocidad en las carreteras federales?

Los conductores de vehículos particulares no deben superar los 110 Km/h, o se arriesgan a ser sancionados

Por: G. Solano

Sólo los agentes de la División de Caminos de la Guardia Nacional están facultados para multar a los automovilistas que manejen en las vías federales. NOTIMEX/Archivo

Sólo los agentes de la División de Caminos de la Guardia Nacional están facultados para multar a los automovilistas que manejen en las vías federales. NOTIMEX/Archivo

El exceso de velocidad es quizá la infracción vial más común, la prisa y el desconocimiento de los límites de velocidad confluyen para que esta práctica persista a pesar de ser un riesgo para automovilistas y peatones, y represente para quien la practica la posibilidad de una multa que no es barata.

Para evitar caer en ella, lo primero es identificar la velocidad máxima a la que se permite circular, y este factor varía en función del tipo de vialidad por la que se transite. Según la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, aprobada en 2023 y que homologó los parámetros en todo el país, los límites de velocidad en México son:

  • 30 km/h en calles secundarias y calles terciarias
  • 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado
  • 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas y 50 km/h dentro de ellas.
  • 110 km/h para automóviles, 95 km/h para autobuses y 80 km/h para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
  • Evita viajar en carretera durante ESTOS horarios en Semana Santa

Las multas discrepan en función del lugar donde se comete la falta, pues cada estado de la república tiene la facultad de modificarla ese aspecto de la ley, así, en Jalisco está vigente una multa de 10 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por exceso de velocidad, esto es, de mil 131 a 3 mil 394 pesos; sin embargo, los automovilistas que transitan por carreteras o autopistas federales, sólo se atienen a la legislación federal.

Sin en este periodo vacacional viajarás por este tipo de vías, debes saber que la multa por exceso de velocidad va de 50 a 60 UMA, esto es, de 5 mil 657 a 6 mil 788 pesos.

Además, tras la detención por exceso de velocidad se hace una revisión en la que, de encontrar otras faltas, se sumarán más cargos, por ejemplo, llevar una licencia de conducir vencida (entre 30 y 40 UMAS, 3 mil 394 y 4 mil 525 pesos). Y en caso de que la imprudencia cause un accidente, el exceso de velocidad será un agravante.

¿Quiénes pueden multar por exceso de velocidad en las carreteras federales?

Sólo los agentes de la División de Caminos de la Guardia Nacional están facultados para multar a los automovilistas que manejen en las vías federales, y es importante considerar que deben estar debidamente identificados y emitir la boleta de infracción, que incluye folio, fecha, lugar, datos del vehículo, motivos de la infracción y firma del agente.

Asimismo, los agentes no pueden solicitar ni recibir pagos en efectivo, y por exceder la velocidad no está permitido retener documentos del automovilista.

¿Dónde pagar multas federales?

Las multas por exceso de velocidad y otras faltas en carreteras y autopistas federales pueden ser pagadas en la Línea de Captura del Sistema de Administración de Sanciones, por vía telefónica al 088 (donde se proporcionará una línea de captura para pagar en un banco), y en las Oficinas de Registro de Infracciones de la Guardia Nacional.
 

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