La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha desmentido la información que circula sobre una supuesta lista de alimentos permitidos para ingresar a los cines. La institución aclaró que en ningún momento ha publicado ni difundido una lista de este tipo a través de sus canales oficiales. Respecto a la pregunta de si los proveedores pueden obligar a los consumidores a comprar alimentos o bebidas únicamente en sus instalaciones, la Ley Federal de Protección al Consumidor establece en su artículo 58 que los proveedores no pueden negar ni condicionar la entrega de bienes o servicios a los consumidores por razones de género, nacionalidad, etnia, preferencia sexual, religión u otras características personales. Además, se precisa que no está permitido establecer preferencias o discriminación, salvo en casos que afecten la seguridad del establecimiento, sus clientes o personas con discapacidad, o por disposiciones legales específicas. Esto implica que los consumidores tienen la libertad de decidir si desean comprar alimentos en el establecimiento o no. Sin embargo, al adquirir un boleto, aceptan los términos y condiciones establecidos por el proveedor, como lo indican los artículos 42 y 85 de la ley. El artículo 42 menciona que el proveedor debe cumplir con los términos y condiciones ofrecidos en su publicidad o información, mientras que el artículo 85 define el contrato de adhesión, que es el acuerdo establecido unilateralmente por el proveedor con los términos aplicables a la adquisición de productos o servicios. El artículo 10 de la misma ley también prohíbe a los proveedores realizar acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad de los consumidores bajo el pretexto de registro o investigación. El titular de la Profeco, Iván Escalante Ruíz, explicó recientemente que al comprar un boleto para una función de cine, el consumidor se adhiere a un contrato en el que se especifican los términos y condiciones del establecimiento. En ese sentido, si el contrato prohíbe el ingreso de alimentos, el consumidor debe respetar esa norma. Sin embargo, destacó que revisar mochilas no es ilegal, pero los consumidores no deben ser obligados a mostrar el contenido de sus pertenencias si no lo desean. Por último, la Profeco reitera que no ha emitido ninguna declaración sobre la posibilidad de ingresar con alimentos a los cines.Aquí el comunicado: https://www.gob.mx/profeco/prensa/profeco-desmiente-supuesta-lista-de-alimentos-que-se-pueden-ingresar-a-los-cines