Jueves, 29 de Mayo 2025

¿El 1 de junio es día feriado?

Si nos basamos en lo que dice el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, entonces el día de asueto es sin dudarlo un hecho

Por: Citlali Torres Rivera

Si te toca laborar el próximo domingo 1 de junio y no se te otorga el día, tu próximo pago deberá reflejar tu falta de asueto. EL INFORMADOR/ Archivo

Si te toca laborar el próximo domingo 1 de junio y no se te otorga el día, tu próximo pago deberá reflejar tu falta de asueto. EL INFORMADOR/ Archivo

Entre las muchas preguntas que trae consigo la próxima elección judicial, es si el próximo domingo será considerado como un día feriado. Anteriormente se ha determinado como día de descanso obligatorio para los trabajadores, los días que corresponden a comicios federales, sin embargo, hasta el momento no se ha confirmado si este domingo seguirá dicha regla o será la excepción. 

A continuación, te informaremos sobre lo que la ley dice al respecto. Si nos basamos en lo que dice el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, entonces el día de asueto es sin dudarlo un hecho, debido a que este artículo determina que los días en donde se efectúen ya sean elecciones federales y locales, deben ser un día de descanso obligatorio

Dicho esto, si te toca laborar el próximo domingo 1 de junio y no se te otorga el día, tus patrones deberán considerar esto a la hora de tu próximo pago, debido a que las personas que trabajan en día de asueto oficial deben percibir sueldo doble, más el pago del monto ya establecido por cada día trabajado

CT

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