Domingo, 20 de Abril 2025
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IMSS: ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la pensión por viudez?

El trámite puede realizarse directamente en la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar correspondiente

Por: Elsy Angélica Elizondo

Para solicitar esta pensión, el asegurado debe haber acumulado al menos 150 semanas de cotización. CANVA / IMSS

Para solicitar esta pensión, el asegurado debe haber acumulado al menos 150 semanas de cotización. CANVA / IMSS

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) contempla diversas modalidades de pensión, entre ellas la pensión por viudez, la cual está destinada al cónyuge sobreviviente del trabajador asegurado o pensionado en caso de fallecimiento.

Según las disposiciones vigentes, este beneficio puede ser otorgado no solo al esposo o esposa legal, sino también a la persona con quien el asegurado haya mantenido una relación de concubinato durante al menos cinco años antes de su muerte, o con quien haya tenido o adoptado hijos. No obstante, si el fallecido tenía más de una pareja en situación de concubinato al momento de su muerte, el IMSS no concederá la pensión a ninguna de ellas. 

LEE: IMSS | ¿Cuántas semanas cotizas por año y cuántas necesitas para pensionarte? 

Para solicitar esta pensión, el asegurado debe haber acumulado al menos 150 semanas de cotización. Sin embargo, si el deceso ocurrió por un accidente o enfermedad relacionada con el trabajo, este requisito no aplica. 

¿Cuáles son los requisitos para obtener la pensión por viudez? 

Los documentos y condiciones para iniciar el trámite incluyen: 

  • Comprobar el matrimonio con el asegurado o asegurada fallecido(a). 
  • En caso de concubinato, demostrar legalmente dicha relación. 
  • Verificar que el trabajador contaba con vigencia en sus derechos al momento de su muerte. 
  • Acreditar que el viudo o concubinario dependía económicamente del asegurado o pensionado. 

Si el fallecimiento se relaciona con un riesgo laboral, será necesario presentar el documento oficial emitido por los servicios médicos del IMSS, conocido como “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3”.

El monto que se otorga bajo esta pensión puede variar de acuerdo con el tipo de seguro que haya originado el derecho. Generalmente, puede equivaler hasta al 40% de una pensión por incapacidad, o alcanzar hasta el 90% si se trata de una pensión por invalidez.

El trámite puede realizarse directamente en la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente. Para obtener más información o resolver dudas, el IMSS pone a disposición el número telefónico 800 623 23 23, seleccionando la opción 3, destinada a personas pensionadas. 

Cabe hacer mención que este trámite es totalmente gratuito.

Para mayor información visita: https://www.gob.mx/tramites/ficha/pension-de-viudez-para-esposa-o-concubina-ante-el-imss/IMSS368

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