Miércoles, 04 de Junio 2025

Pensión Bienestar: ¿Cuánto dinero se entrega por el Pago de Marcha en 2025?

El apoyo está destinado a ayudar con los gastos urgentes que surgen tras el fallecimiento del beneficiario

Por: El Informador

Es fundamental tener en cuenta que cuando un beneficiario fallece, la Secretaría del Bienestar lo elimina automáticamente del padrón. ESPECIAL/ UNSPLASH.

Es fundamental tener en cuenta que cuando un beneficiario fallece, la Secretaría del Bienestar lo elimina automáticamente del padrón. ESPECIAL/ UNSPLASH.

El Pago de Marcha es un apoyo económico que se entrega una sola vez a los familiares de quienes recibían la Pensión del Bienestar en caso de su fallecimiento, está destinado a ayudar con los gastos urgentes que surgen tras el deceso del beneficiario.

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¿Cuánto dinero se entrega por el Pago de Marcha de la Pensión Bienestar en 2025?

En 2025, el Pago de Marcha se incrementó a 3 mil 100 pesos, es decir, 100 pesos más que en 2024, cuando el apoyo era de 3 mil pesos, este ajuste se realizó para compensar los efectos de la inflación y ofrecer un mayor respaldo económico a las familias en momentos difíciles.

Es fundamental tener en cuenta que cuando un beneficiario fallece, la Secretaría del Bienestar lo elimina automáticamente del padrón, por ello intentar cobrar su pensión después del deceso se considera un delito, lo que puede resultar en la cancelación del derecho al Pago de Marcha y en posibles sanciones legales.

     

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¿Cómo solicitar el Pago de Marcha?

Si un beneficiario fallece, los familiares deben seguir estos pasos para acceder al apoyo:

  • Notificar el fallecimiento: Llamar a la Línea del Bienestar (Tel. 800 6394 264) lo antes posible para informar sobre el deceso.
  • Respetar el plazo de solicitud: La gestión debe realizarse dentro de los dos meses posteriores al fallecimiento.
  • Verificar al representante designado:Durante el registro a la pensión, el beneficiario debió haber designado a un adulto auxiliar o representante autorizado para realizar trámites en su nombre.
  • Acudir a la delegación correspondiente: Presentarse en la oficina de la Secretaría del Bienestar con la documentación requerida.

Documentos necesarios

El representante registrado debe presentar los siguientes documentos:

  • Identificación oficial del solicitante (INE o pasaporte).
  • Acta de defunción del beneficiario.
  • Identificación oficial del pensionado fallecido.
  • CURP del beneficiario.
  • Constancia médica emitida por una institución pública.
  • Confirmación de que no se recibieron pagos después del fallecimiento.

NA

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