Miércoles, 16 de Julio 2025

Edomex: Estas son las nuevas penas por despojo que entran en vigor el 16 de julio

La ocupación ilegal de inmuebles ahora un delito grave que no admite fianza y fija condenas de hasta 12 años de cárcel 

Por: G. Solano

Las nuevas disposiciones obligan al Ministerio Público a pedir al juez la restitución del bien inmueble a favor del dueño legítimo, y al juez a decidir en menos de 48 horas. SUN

Las nuevas disposiciones obligan al Ministerio Público a pedir al juez la restitución del bien inmueble a favor del dueño legítimo, y al juez a decidir en menos de 48 horas. SUN

Después de que el caso de doña Carlota visibilizara los extremos a los que puede llegar un pleito por ocupación ilegal de un bien inmueble, los diputados del Estado de México revisaron las disposiciones legales al respecto y propusieron modificaciones que fueron avaladas el 26 de junio.

Las reformas al Código Penal fueron publicadas ayer en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" y hoy entrarán en vigor: el despojo es ahora un delito grave en el Edomex, es castigado con penas más severas y las autoridades están obligadas a responder en plazos más cortos a las demandas de los dueños legítimos.

La tipificación como delito grave implica que los detenidos por cometerlo no podrán salir libres mediante fianza, sino que tendrán que esperar en prisión la resolución del caso.

Penas de prisión por despojo en el Estado de México

La ley vigente señala que a los responsables del despojo se le impondrán de cinco a diez años de prisión y de setecientos a mil días multa, los cuales son calculados según el nivel de ingresos de la persona sentenciada.

Los agravantes aumentan la pena: la sanción incrementará hasta en una mitad cuando en el delito haya violencia física o moral, rompimiento de cerraduras, puertas o ventanas; cuando se cometa contra familiares ascendientes o descendientes, personas mayores de 60 años, menores de 18, con discapacidad, indígenas o mujeres embarazadas. Así como cuando se realice por dos o más personas y cuando la invasión se facilite dolosamente mediante la intervención de un notario público o personal del Instituto de la Función Registral del Estado de México.

La pena aumenta de siete a doce años de prisión y de setecientos a mil días multa para los autores intelectuales del despojo, a los servidores públicos que participen en él, así como a quienes lo instiguen o dirijan. Si en el proceso de despojo se comenten otros delitos, los antes mencionados también serán inculpados aun si no tuvieran participación física en ellos.

La misma consideración se tendrá cuando se trate de la ocupación ilegal de un predio declarado área natural protegida (parques estatales, parques municipales, zonas sujetas a conservación ambiental, entre otros). Las nuevas normas también consideran a las personas que desvíen o utilicen aguas de manera ilegal.

Justicia pronta y expedita

En su exposición de motivos para llevar a cabo las reformas, los diputados argumentaron que los procesos judiciales en materia civil y penal son largos, costosos e ineficientes para restituir la posesión del bien inmueble, con lo cual agravan el daño y favorecen a quienes, de manera dolosa, aprovechan los vacíos legales y la lentitud de respuesta institucional para con impunidad perpetuar su control ilegitimo sobre el bien.

Ahora, el artículo 308 del Código Penal menciona que una vez que el denunciante acredite que es propietario o poseedor legítimo del bien inmueble, el Ministerio Público deberá solicitar al juez de control, en un plazo no mayor a 24 horas, la restitución inmediata y provisional de la posesión, sin necesidad de agotar juicio civil ni esperar sentencia definitiva. Por su parte, el juez deberá resolver en un plazo máximo de 48 horas y podrá autorizar el uso de la fuerza pública para ejecutar la restitución.

La medida procederá salvo que el imputado acredite, de forma inmediata y fehaciente, un derecho real o posesión legítima inscrita anterior.

La negativa injustificada del Ministerio Público a promover esta medida será sancionada conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México.

Toda oposición sin derecho será sancionada como resistencia de particulares y dará lugar al desalojo forzoso.

El caso de la señora Carlota y el problema del despojo en el Estado de México

El 1 de abril, un video difundido en redes sociales mostró cómo dos invasores de una casa en Chalco fueron asesinados a tiros por la dueña de la finca, después de exigirles sin éxito que la desocuparan. 

Según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre enero y febrero de 2025 se abrieron 861 carpetas de investigación por el delito de despojo en el Estado de México, cifra que representa un incremento del 7% respecto a los mismos meses del año anterior, cuando se contabilizaron 804, y 68% más si se compara con enero y febrero de 2019, cuando se registraron 512 casos.

La Ciudad de México contempla un organismo dedicado a atender el delito de despojo

Las autoridades de la capital del país consideran la posibilidad de crear un organismo que se dedique exclusivamente a atender el delito de despojo y ocupación ilegal, mencionó ayer la jefa de Gobierno, Clara Brugada.

"Hoy hay un gabinete que está funcionando, y, este gabinete tiene una gran tarea, incluso estamos pensando en que es tan grande el tema, que podamos convertirlo a mediano plazo en un organismo en la ciudad dedicado sólo a eso, más lo que la Fiscalía tiene como tarea", dijo.

El pasado 8 de julio se instaló en el Zócalo capitalino una Mesa Atención contra el despojo de inmuebles para que los ciudadanos afectados por este delito se acercaran a las autoridades.
 

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