Jueves, 25 de Abril 2024

La CIDH expresa su "profunda preocupación" por indulto a Fujimori

El organismo expuso que el indulto debe estar regido por principios constitucionales y normas internacionales de derechos humanos

Por: NTX

La CIDH considera que Fujimori debería haber sido trasladado a un hospital por el tiempo que su salud lo requiriera. AP/M. Mejía

La CIDH considera que Fujimori debería haber sido trasladado a un hospital por el tiempo que su salud lo requiriera. AP/M. Mejía

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su rechazo y "profunda preocupación" por la decisión del gobierno de Perú de conceder un indulto humanitario al expresidente Alberto Fujimori, quien cumplía una condena de 25 años por delitos de lesa humanidad.

El organismo dependiente de la Organizacion de Estados Americanos (OEA) expuso en un comunicado que el indulto es una potestad del presidente de Perú, pero "debe estar regida por principios constitucionales y normas internacionales de derechos humanos", que en este caso, a su juicio, no se respetaron.

El presidente peruano Pedro Pablo Kuczynski anunció el pasado 24 de diciembre que había decidido indultar a Fujimori, en respuesta al pedido presentado por éste bajo el argumento de que padece enfermedades no terminales graves que pondrían en riesgo su vida, lo que fue avalado por una junta médica oficial.

Sin embargo, la CIDH consideró que la participación del médico particular de Fujimori en la junta médica que realizó el informe que aconseja el indulto viola flagrantemente el requisito de independencia y objetividad de esa instancia.

Asimismo, el organismo consideró que Fujimori debería haber sido trasladado a un hospital por el tiempo que su salud lo requiriera, ya que "el indulto otorga un perdón de las penas, que es algo distinto a la atención médica que pueda requerir y recibir el condenado".

En ese sentido, la CIDH opinó que el indulto "también desconoce el principio de la proporcionalidad entre el perdón de la pena y la gravedad de los delitos de lesa humanidad", lo que podría resultar en una forma de impunidad, en especial cuando se trata de graves violaciones a los derechos humanos.

La Comisión puntualizó que el derecho internacional en materia de derechos humanos "prohíbe la aplicación de amnistías, indultos y otros excluyentes de responsabilidad a personas que han sido encontradas culpables de crímenes de lesa humanidad".

Fujimori fue sentenciado en 2009 a 25 años de cárcel como autor mediato del asesinato de 25 personas en las matanzas de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992), y por el secuestro del empresario Samuel Dyer y el periodista Gustavo Gorriti en 1992.

La CIDH recordó que en 2011, la Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró que los asesinatos perpetrados en La Cantuta constituyen crímenes de lesa humanidad, mientras que en el caso de la matanza de Barrios Altos, la Corte determinó en 2001 que los hechos cometidos por el exmandatario eran graves violaciones a los derechos humanos.

En su comunicado, la CIDH rechazó el indulto otorgado a Fujimori, al considerar que se trata de una decisión contraria a las obligaciones internacionales del Estado de Perú, y llamó a adoptar las medidas necesarias para restablecer los derechos de las víctimas que fueron afectados con esta decisión.

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