Jueves, 28 de Marzo 2024

¿Ya presentaste tu declaración de impuestos? Te quedan pocos días

Cada año, durante el mes de abril, los contribuyentes personas físicas tienen que presentar su declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR) por los ingresos obtenidos

Por: SUN .

Los contribuyentes que no cuentan con la e.firma, tendrán que acudir a las oficinas del SAT para proceder con el trámite correspondiente, para lo cual es necesario sacar una cita. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Los contribuyentes que no cuentan con la e.firma, tendrán que acudir a las oficinas del SAT para proceder con el trámite correspondiente, para lo cual es necesario sacar una cita. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Cada año, durante el mes de abril, los contribuyentes personas físicas tienen que presentar su declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR) por los ingresos obtenidos.

La ley del ISR establece como plazo hasta el 30 de abril para cumplir con esta obligación.

Sin embargo, debido a que este 2022, la fecha límite, es decir, el próximo 30 de abril es sábado, se recorre a un día hábil.

Es por esa razón es que este lunes 2 de mayo es el último día para que los contribuyentes personas físicas presenten su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2021, recordó el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

Así lo marca el calendario del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para recibir las declaraciones de los contribuyentes que hayan tenido ingresos el año pasado.

¿Qué debes tomar en cuenta para hacer tu declaración anual ante el SAT?

Deberán informar al SAT si derivado de préstamos, donativos o premios en lo individual o en su conjunto, excedieron los 600 mil pesos en el ejercicio.

Asimismo, por viáticos, ventas de casa habitación, herencias o legados hayan superado los 500 mil pesos al año.

Para los asalariados, es obligatorio cuando trabajaron para dos patrones o tuvieron otra actividad por la que percibieron ingresos.

Si únicamente tuvieron un trabajo, están exentos solamente cuando sus ingresos no superaron los 400 mil pesos anuales.

Pero si tuvieron gastos que quieren deducir para obtener la devolución de impuestos, pueden presentar la declaración.

Se podrán aplicar deducciones personales como gastos médicos, funerarios, donativos, intereses por créditos hipotecarios, entre otros, lo que podría generar un saldo a favor del contribuyente.

Las deducciones proceden siempre y cuando se realicen con medios electrónicos como tarjeta de crédito o débito, cheque o transferencia, y que se haya pedido factura o comprobante fiscal.

En caso de que el reembolso sea mayor a 150 mil pesos o el contribuyente haya modificado su cuenta CLABE registrada, será necesario enviar la declaración anual utilizando la firma electrónica.

Los contribuyentes que no cuentan con la e.firma, tendrán que acudir a las oficinas del SAT para proceder con el trámite correspondiente, para lo cual es necesario sacar una cita.

El SAT recordó que este sábado 30 de abril, es el último día en que dará asesoría a los contribuyentes a través de Marca SAT 55 6272 2728 y Chat uno a uno de las 09:00 de la mañana a las 14:00 horas.

Mientras que el horario de atención en las oficinas del órgano recaudador de impuestos se extendió de 08:30 de la mañana a 18:00 horas de lunes a viernes.

Para este sábado 30 de abril el horario será de 09:00 de la mañana a 16:00 horas.

Lo anterior para el correcto cumplimiento de la declaración anual de impuestos.

OA

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