Viernes, 26 de Julio 2024

SAT: ¿Te pueden embargar si no pagas impuestos?

En caso de que un contribuyente no cumpla con sus obligaciones fiscales, el SAT está facultado para tomar medidas legales

Por: Sergio Alejandro Velázquez

Existen ciertas excepciones y limitaciones en cuanto a los bienes que pueden ser embargados. EL INFORMADOR/ ARCHIVO.

Existen ciertas excepciones y limitaciones en cuanto a los bienes que pueden ser embargados. EL INFORMADOR/ ARCHIVO.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene una serie de funciones esenciales dentro del ámbito fiscal. Su labor principal se centra en la recaudación de impuestos, derechos, productos y aprovechamientos federales, así como en asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes. Además, el SAT otorga estímulos fiscales y simplifica los trámites necesarios para el cumplimiento de dichas obligaciones.

En caso de que un contribuyente no cumpla con sus obligaciones fiscales, el SAT está facultado para tomar medidas legales, incluido el embargo de bienes, como lo estipula el Código Fiscal de la Federación. Este procedimiento puede aplicarse si no se regularizan los adeudos en un plazo de 30 días hábiles, lo que se conoce como procedimiento administrativo de ejecución.

Durante este proceso, el SAT tiene la autoridad para embargar una variedad de bienes, que incluyen dinero, joyas, depósitos bancarios y otros activos asociados. Sin embargo, existen ciertas excepciones y limitaciones en cuanto a los bienes que pueden ser embargados.

Por ejemplo, hay bienes que están protegidos de embargos debido a su carácter esencial para el deudor y su familia. Esto puede incluir muebles de uso indispensable, así como libros, instrumentos y mobiliario necesario para el ejercicio de la profesión, arte u oficio del contribuyente.

Asimismo, la ley establece que ciertos activos no pueden ser embargados por el SAT. Entre ellos se encuentran los sueldos, salarios y pensiones, así como los derechos de usufructo, uso o habitación. Además, hay activos específicos protegidos por disposiciones legales, como los depósitos en cuentas individuales de ahorro para el retiro, conforme a lo estipulado en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

En resumen, aunque el SAT tiene la facultad de embargar bienes en caso de incumplimiento tributario, existen salvaguardas legales que protegen ciertos activos esenciales y derechos fundamentales de los contribuyentes.

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