El tiempo para que las personas físicas presenten su Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está corriendo y vence el próximo 30 de abril.Se trata de un ejercicio en el que se da cuenta al SAT de lo percibido por prestar servicios profesionales, rentar inmuebles, realizar actividades empresariales, enajenar bienes, adquirir bienes, por interés o por percibir salarios. Incluso, si no se percibieron ingresos durante el año, pero se está inscrito en el RFC por alguno de los conceptos citados, también debe presentarse informando dicha circunstancia. Es decir, presentar una declaración en "ceros".La forma de hacerlo es sencilla, porque la información se encuentra precargada en el portal del SAT y, en el caso de tener saldo a favor, se hará una devolución de forma automática. Aunque existen casos donde esto no aplica. Aquí los detalles:Con información del SAT* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *OA