Domingo, 11 de Mayo 2025

¿Cuánto tiempo debes trabajar para poder recibir utilidades?

Durante el mes de mayo, un gran número de trabajadores deben recibir el monto correspondiente a sus utilidades; descubre quiénes tienen derecho a ellas

Por: SUN .

En México, el reparto de utilidades es obligatorio para las empresas que cumplen con los requisitos establecidos por la ley. EL INFORMADOR/ARCHIVO

En México, el reparto de utilidades es obligatorio para las empresas que cumplen con los requisitos establecidos por la ley. EL INFORMADOR/ARCHIVO

El reparto de utilidades se trata de un derecho laboral establecido en la Constitución y regulado por la Ley Federal del Trabajo. A través de él, los trabajadores del país pueden acceder a una parte de las ganancias netas generadas por la empresa en la que se desempeñan durante el ejercicio fiscal anterior, con el objetivo de que su esfuerzo sea reconocido.

Este derecho no solo es fundamental en México, pues el reparto también se efectúa en otras naciones del mundo, impactando anualmente de forma significativa la economía personal de los empleados.

En México, el reparto de utilidades es obligatorio para las empresas que cumplen con los requisitos establecidos por la ley.

Durante el mes de mayo, un gran número de trabajadores deben recibir el monto correspondiente a sus utilidades.

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¿Qué personas tienen derecho al reparto de utilidades?

El pago del reparto de utilidades debe realizarse a más tardar el 30 de mayo. En el caso de quienes trabajan para una persona física, el pago debe efectuarse antes del 29 de junio.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, para ser beneficiario del reparto de utilidades, la persona trabajadora debe haber laborado un mínimo de 60 días durante el año fiscal correspondiente.

Este derecho se mantiene incluso si la relación laboral ya concluyó o si el contrato fue por obra determinada, siempre y cuando se cumplan las condiciones mencionadas.

Según la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, no se incluye a quienes laboran en el hogar, a quienes ocupan los cargos de director, administrador o gerente general, ni a profesionales, técnicos o artesanos que prestan sus servicios mediante honorarios sin relación de subordinación.

Tampoco aplica para empresas de nueva creación durante su primer año de operaciones, instituciones públicas como el Instituto Mexicano del Seguro Social, ni organizaciones privadas que operan sin fines de lucro y con fines asistenciales.

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MB
 

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