Partamos de lo siguiente: en México, en pleno 2025, no es legal encarcelar a una persona por adeudos con tiendas departamentales ni por otras obligaciones de tipo civil o mercantil. Por lo menos, así lo garantiza el Artículo 17 de la Constitución, el cual prohíbe expresamente la prisión por deudas de naturaleza civil.De acuerdo con el portal, MiBolsillo, esto significa que, si dejas de pagar un crédito personal, una tarjeta de crédito, o alguna compra en una tienda, no serás privado de tu libertad. Sin embargo, el acreedor sí puede emprender acciones legales para recuperar el dinero a través de los tribunales civiles. En estos casos, el Código Civil Federal, los códigos civiles estatales y el Código de Comercio ofrecen herramientas jurídicas como demandas mercantiles, embargos y otras medidas judiciales que, si bien no contemplan cárcel, pueden tener un impacto serio en tu patrimonio.Por ejemplo, uno de los efectos inmediatos del incumplimiento de pago es aparecer con una calificación negativa en el Buró de Crédito o en el Círculo de Crédito. Esto puede dificultar la aprobación de nuevos préstamos, tarjetas, rentas o incluso servicios a futuro.Además, si la tienda o entidad financiera gana un juicio, el juez puede ordenar el embargo de tus bienes, esto incluye, tu sueldo, cuentas bancarias o hasta propiedades. Durante el proceso de cobranza, es común recibir llamadas, mensajes o incluso visitas en tu domicilio por parte de despachos de cobranza. No obstante, si se incurre en amenazas, acoso o abusos, puedes denunciar ante la Condusef o la Profeco.Si bien las deudas con tiendas departamentales no te llevarán a prisión en México, sí pueden desencadenar procedimientos legales que afecten tu estabilidad financiera.*Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp. AO