Cuando una persona inicia su trayectoria laboral en un empleo formal, también comienza a generar un fondo que será destinado a su pensión una vez que llegue el momento del retiro. Este ahorro para el futuro es administrado por las Afores (Administradoras de Fondos para el Retiro), las cuales invierten esos recursos con el objetivo de aumentar su valor y asegurar un mejor ingreso durante la jubilación.La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) establece dos situaciones específicas en las que un trabajador puede acceder a una parte de los fondos de su cuenta individual:A diferencia del retiro por matrimonio, esta modalidad sí reduce el número de semanas cotizadas, por lo que se sugiere restituir el monto retirado en cuanto sea posible para no afectar la futura pensión.La posibilidad de acceder a la totalidad de los fondos acumulados en la Afore depende del régimen bajo el cual el trabajador haya cotizado. La Consar distingue dos escenarios:Esta opción corresponde a quienes comenzaron a trabajar antes del 1 de julio de 1997. En este caso, al momento de jubilarse, los trabajadores pueden disponer en efectivo de ciertos recursos, siempre y cuando no hayan utilizado un crédito de vivienda con el Infonavit. Los montos disponibles incluyen:Los recursos destinados al pago de la pensión incluyen los fondos por cesantía en edad avanzada, vejez y la cuota social correspondiente.Aplica para quienes comenzaron su vida laboral formal a partir del 1 de julio de 1997. En este esquema, existen tres formas de recibir la pensión:En cualquiera de estas modalidades, el único fondo que se puede recibir en efectivo es el SAR 92-97, siempre que no se haya usado un crédito de vivienda.Los recursos que se emplean para pagar la pensión en este régimen incluyen las aportaciones por retiro desde 1997, las de cesantía en edad avanzada y vejez, además de la cuota social e Infonavit 1997.BB