Fuero e investigación marcan vuelta de Rocha Moya: expertos
Académicos advierten que será necesario el voto de Morena para iniciar un eventual juicio político
El regreso de Rubén Rocha Moya a la gubernatura de Sinaloa reabre la discusión sobre si su reincorporación responde a una estrategia para conservar o reforzar la protección del fuero y evitar que avance un eventual proceso penal. En este sentido, los especialistas Marcos del Rosario, académico del ITESO, y Xavier Rodríguez López, abogado penalista y académico de la Universidad Panamericana, han considerado que el retorno ocurre en medio de cuestionamientos sobre investigaciones relacionadas con señalamientos de Estados Unidos por presuntos vínculos con el crimen organizado. Señalan también una falta de claridad pública respecto a las diligencias de la FGR.
Rodríguez López consideró que la licencia temporal tomada por Rocha pudo tener un componente de estrategia política por parte del partido en el poder que gobierna en la Federación y también en Sinaloa, ante el argumento de no entorpecer las investigaciones y la intención de seguir conservando el fuero.
Destacó que el mandatario nunca perdió esa protección constitucional, pues no dejó de ser gobernador ni presentó una renuncia definitiva. Para perder el fuero, explicó, el Congreso de Sinaloa tendría que retirarlo por un delito estatal o el Congreso federal tendría que hacerlo por un delito federal, situaciones que, según señaló, no han ocurrido.
Del Rosario, por su parte, coincidió en que la vuelta tiene consecuencias jurídicas, al regresar Rocha Moya al Ejecutivo estatal, pues manteniendo el fuero, la figura obliga a seguir procedimientos específicos antes de que una causa penal pueda avanzar directamente contra un funcionario en activo.
Si se tratara de delitos estatales, correspondería actuar al Congreso de Sinaloa; si fueran delitos federales, incluidos aquellos vinculados con delincuencia organizada, tendría que intervenir el Congreso de la Unión. También está la vía del juicio político, que podría derivar en remoción e inhabilitación, explicó el especialista.
Sin embargo, el académico del ITESO consideró también que es poco probable la posibilidad política de que esos mecanismos sean activados. Señaló que no observa al Congreso local con capacidad jurídica o interés para proceder, ni a la Cámara de Diputados o al Congreso de la Unión con disposición para desaforar al gobernador o iniciar un juicio político, pues además, Morena y aliados mantienen mayoría calificada.
Coincidieron los especialistas en que el fuero no sería una protección recién adquirida, pero sí una condición institucional que permanece vigente y dificulta la apertura directa de un procedimiento penal.
Ambos destacaron que Rocha Moya ha sido citado, como parte de las indagatorias que sigue la FGR, como testigo y no como imputado. Rodríguez López afirmó que bajo este punto no existe una imputación formal en su contra y cuestionó la incertidumbre sobre el contenido, alcance y diligencias de la investigación de la FGR: no se conoce públicamente si la autoridad mexicana sigue la misma teoría planteada por Estados Unidos, a quiénes ha citado ni qué información ha recabado.
Del Rosario cuestionó que el gobernador presente su retorno como resultado de una exoneración de la Fiscalía, e indicó que, al no existir públicamente una denuncia ni una investigación penal formal en su contra, no podría hablarse de una resolución que lo exima de responsabilidad. Para el académico, esa versión busca construir una narrativa de ausencia de evidencias, tal como lo ha sostenido hasta el día de hoy Sheinbaum Pardo.
Además del aspecto jurídico, el regreso ocurre en un contexto de crisis política y de seguridad, así como de tensión con Estados Unidos. Del Rosario consideró que la decisión mexicana puede interpretarse como una confrontación con el gobierno de Donald Trump.
Oposición rechaza regreso del mandatario al Gobierno sinaloense
Los dirigentes nacionales del PAN, Jorge Romero, y del PRI, Alejandro Moreno, rechazaron el regreso de Rubén Rocha Moya a la gubernatura de Sinaloa, a pesar de las acusaciones de Estados Unidos que lo vinculan a Los Chapitos.
“Veremos cómo reacciona la presidenta Sheinbaum, pero resulta que regresa a gobernar Sinaloa una persona señalada de cogobernar con el crimen organizado, que todavía tiene una solicitud de extradición”, dijo Romero en sus redes sociales.
Por su parte, Alejandro Moreno, presidente del PRI, calificó a Rocha Moya de “cínico, corrupto y narcomorenista” y dijo que su regreso después de esconderse durante 112 días, apostándole a que su caso “se enfríe” y sin aclarar los señalamientos del Gobierno de Estados Unidos en su contra.
Algunos de los gobernadores que dejaron el cargo ante crisis políticas
- Rubén Rocha Moya de Sinaloa en 2026: Solicitó licencia temporal después de acusaciones de autoridades estadounidenses sobre presuntos vínculos con el Cártel de Sinaloa. Argumentó que buscaba facilitar la investigación iniciada por la FGR y negó los señalamientos.
- Javier Duarte de Ochoa de Veracruz en 2016: Solicitó licencia a la gubernatura cuando enfrentaba investigaciones federales por presuntos actos de corrupción. Días después desapareció y permaneció prófugo hasta su captura en Guatemala en abril de 2017. Posteriormente fue extraditado a México.
- Ángel Aguirre Rivero de Guerrero en 2014: Solicitó licencia tras la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa y la crisis política provocada por las investigaciones sobre autoridades de Iguala.
EU podría buscar alternativas para detener al mandatario
Respecto a la solicitud de Estados Unidos, Xavier Rodríguez López, académico de la Universidad Panamericana (UP) explicó que la formulación de acusación contra Rocha Moya ante una corte federal del Distrito Sur de Nueva York continuaba vigente y que México no ha cumplido con la detención solicitada.
Aunque, dijo, la Federación, especialmente a la voz de la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum, ha insistido en que el país vecino debe presentar pruebas para proceder a las peticiones de detención con fines de extradición, para iniciar ese procedimiento de cooperación internacional, no se requieren pruebas en ese momento, pues éstas corresponden a una fase posterior del proceso de extradición.
“En fin de extradición para una detención provisional no se ocupan pruebas, se ocupa meramente la petición nada más. Las pruebas, pues eso se vería ya en el proceso de extradición”, comentó.
El abogado penalista señaló que la falta de ejecución de la detención no elimina la acusación estadounidense, y mientras los cargos no sean retirados, la situación jurídica planteada por las autoridades de ese país se mantiene. Aunque Estados Unidos no puede detener directamente a Rocha Moya en territorio mexicano mediante los canales ordinarios, como ya lo ha demostrado en otras situaciones, por ejemplo, en la detención de “El Mayo” Zambada.
“Estados Unidos sigue teniendo una formulación de acusación en la jurisdicción de Nueva York de detener a Rubén Rocha Moya y poderlo extraditar. Esa investigación sigue, esa acusación sigue; el tema es el cumplimiento a esa detención que debería tener México, que no ha pasado”, dijo.
Rodríguez López indicó que, si Rocha Moya viajara a Estados Unidos, podría ser detenido debido a la vigencia de la acusación, aunque consideró muy improbable que lo haga, dado que conoce su situación jurídica.
El país vecino, insistió, dispone de mecanismos y estrategias para actuar en casos que considera relacionados con delitos de su competencia, aunque sus actuaciones fuera de su territorio han generado cuestionamientos por posibles afectaciones a la soberanía de otros países.
“Si Rubén Rocha Moya sale de México a Estados Unidos, automáticamente lo detendrían. El tema es que Estados Unidos, en un principio, no puede detener a Rubén Rocha Moya en México, pero bueno, ya vimos que en su momento lo hizo con Maduro, entonces cualquier cosa podemos esperar”.
Por su parte, Marcos Del Rosario, académico del ITESO, coincidió en que, si México no concreta la solicitud, Washington podría recurrir a otros mecanismos para llevarlo ante su justicia, pues dijo, el fuero constitucional mexicano que le otorga el cargo de gobernador no tendría efectos dentro del territorio estadounidense.
De esta forma, dijo, la protección que pudiera tener en México no impediría que las autoridades de ese país actuaran si la persona ingresara a su jurisdicción.
De acuerdo con Del Rosario, una de las posibilidades sería que Estados Unidos mantuviera la solicitud por la vía legal y buscara concretar una extradición mediante los mecanismos de cooperación entre ambos países a través de distintas negociaciones, que, en lo general, no estarían favoreciendo a México, como ya se ha visto, por ejemplo, en el plano económico y arancelario.
Sin embargo, planteó que, ante una eventual imposibilidad jurídica para obtenerla, tampoco debía descartarse que Washington recurriera a mecanismos extralegales para conseguir su detención.
“Si hay una imposibilidad jurídica por parte del gobierno de Estados Unidos que ya lo solicitó por la vía legal para hacer una extradición. Yo no descartaría mecanismos extralegales por parte de Estados Unidos”, señaló.
¿Quiénes tienen fuero en México y por qué?
El fuero constitucional (inmunidad procesal) en México busca proteger la división de poderes e impedir persecuciones políticas que paralicen las funciones del Estado.
- Servidores públicos con fuero: Diputados federales, senadores, ministros de la SCJN, consejeros del CJF, magistrados del TEPJF, secretarios de Estado, la Presidencia del INE, gobernadores, magistrados electorales locales y diputados locales.
- Mecanismo de retiro: Para juzgar penalmente a un funcionario con fuero durante su encargo, la Cámara de Diputados debe aprobar una declaración de procedencia (desafuero).
¿El fuero de México vale en Estados Unidos?
No. El fuero mexicano no tiene ninguna validez jurídica en territorio estadounidense.
- Soberanía territorial: La inmunidad procesal mexicana es estrictamente interna y no limita a las autoridades penales o judiciales de Estados Unidos.
- Excepción diplomática: La única protección reconocida internacionalmente en Estados Unidos. Es la Inmunidad Diplomática (bajo la Convención de Viena) para embajadores y cónsules acreditados, no el fuero de legisladores o gobernadores.
- Efecto legal: Si un funcionario con fuero en México comete un delito o es requerido por la justicia en EU, puede ser detenido y procesado sin necesidad de un Juicio de Procedencia en México.
¿Qué pasó con las reformas sobre el Fuero avaladas con AMLO y para quiénes aplican?
La reforma se aprobó en el 2021, sin embargo, únicamente aplica para la o el presidente de la República, que ya no tiene inmunidad por catálogo de delitos. Antes solo se le podía acusar por traición a la patria y delitos graves; hoy se le puede imputar penalmente por cualquier delito (como corrupción, delitos electorales y robo, entre otros).
- Por qué no es una “eliminación total”: Porque la reforma no eliminó el procedimiento. Para que la Fiscalía pueda llevar formalmente al presidente ante un juez mientras esté en el cargo, la acusación debe ser presentada y respaldada por el Senado.
- Diputados federales y senadores: Mantienen su fuero constitucional intacto. Para procesar penalmente a un legislador en funciones, sigue siendo requisito obligatorio un declaración de procedencia (desafuero) aprobado por la Cámara de Diputados.
- Gobernadores, ministros, secretarios de Estado y magistrados: Conservan exactamente la misma inmunidad procesal en los términos del artículo 111 constitucional.
- Presidentes municipales y alcaldes: En la Constitución Federal no cuentan con fuero federal; sus garantías judiciales dependen únicamente de las constituciones de cada estado.
CT