Padrón de telefonía: ¿Quién puede registrar mi número sin permiso?
Ante cualquier duda, se recomienda acercarse directamente al proveedor del servicio telefónico
Desde el pasado 9 de enero comenzó en México la aplicación del registro obligatorio de líneas telefónicas móviles, una medida establecida por decreto de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT). Para llevar a cabo este trámite, las personas físicas deben presentar su CURP o pasaporte, mientras que las personas morales están obligadas a proporcionar su RFC.
Al tratarse de un procedimiento reciente, todavía existen inquietudes entre los usuarios, principalmente en lo relacionado con la protección de los datos personales y la posibilidad de que alguien más pueda asociar una línea telefónica sin autorización.
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Una de las preguntas más comunes es si una persona ajena puede registrar una línea que no le pertenece. El proceso de registro exige documentos oficiales del titular, incluida la CURP, y puede realizarse tanto de forma presencial como en línea. No obstante, en ambas modalidades existe el riesgo de que se intente un registro indebido.
La responsabilidad del usuario es acudir a los canales oficiales habilitados por su compañía telefónica para completar el trámite. Por su parte, los proveedores del servicio tienen la obligación de comprobar que los documentos presentados correspondan realmente al titular de la línea y de aplicar medidas de seguridad que eviten registros realizados por terceros.
Asimismo, las empresas deben resguardar la información personal de los usuarios y cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, garantizando el manejo adecuado de los datos de identidad.
Hasta ahora, la CRT no ha difundido lineamientos específicos que orienten directamente a los usuarios sobre cómo prevenir la usurpación de identidad durante el registro de líneas móviles. Sin embargo, algunas compañías telefónicas ya han incorporado mecanismos adicionales de autenticación.
Operadoras como Movistar y A&T han incluido herramientas como códigos QR individuales, selfies y fotografías dentro de su proceso de registro. En el caso de Bait, se solicita que el usuario tenga acceso físico al dispositivo móvil para poder completar el trámite.
A pesar de estas medidas, es recomendable que los usuarios verifiquen que ninguna línea haya sido registrada utilizando su CURP. Existen formas de detectar si una línea ya fue asociada previamente en el padrón telefónico o si la CURP fue vinculada al número de un tercero.
Una señal de advertencia puede ser la recepción de mensajes, correos electrónicos o notificaciones que indiquen un “registro exitoso” cuando el usuario no ha realizado el procedimiento. En estos casos, se sugiere contactar de inmediato al proveedor del servicio telefónico para solicitar una aclaración.
Aunque actualmente los mecanismos técnicos para prevenir registros indebidos son limitados, estas acciones permiten monitorear el uso de los datos personales. De manera gradual, se prevé la implementación de plataformas que ofrezcan mayor certeza a los usuarios, como el Portal de Consulta que Telcel planea habilitar el próximo 7 de febrero.
Aún está por confirmarse si otras compañías adoptarán este mismo sistema o desarrollarán herramientas propias para la consulta del registro.
En caso de detectar que una línea telefónica fue registrada por otra persona, operadoras como Telcel indican que el usuario debe acudir a cualquier Centro de Atención a Clientes para recibir orientación. Es importante presentar documentos oficiales como la INE o la CURP para validar la identidad y dar seguimiento a la aclaración correspondiente.
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Si persisten dudas, se recomienda acercarse directamente al proveedor del servicio telefónico. Cabe recordar que la fecha límite para completar este proceso es el 30 de junio de 2026, por lo que aún es posible realizar el registro con la información necesaria.
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