'Lady Pepitas' es suspendida por la Fiscalía de la CDMX tras posible conducta indebida
El caso se someterá a una investigación para determinar si existe responsabilidad administrativa y sanciones más severas
La Fiscalía General de Justicia de Ciudad de México anunció este viernes mediante un comunicado que determinó suspender temporalmente de su cargo a una servidora pública, nombrada en redes sociales como “Lady Pepitas”, por haber tenido una conducta indebida el pasado 15 de marzo del presente año en el Estadio Olímpico Universitario.
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La funcionaría habría discriminado a otra mujer durante un juego de los Pumas, mientras estaba con su hijo. Los hechos, captados en un video, se difundieron y se viralizaron rápidamente en internet, lo que llevó a que las autoridades comiencen una investigación al respecto.
¿Qué establece el Código de Ética?
El Código de Ética de la Fiscalía General de Justicia de la CDMX establece estándares estrictos de comportamiento. Los servidores públicos están obligados a conducirse con rectitud y respeto hacia la ciudadanía, tanto dentro como fuera de sus oficinas, cuando sus conductas no siguen estos valores y comprometen la imagen de la institución estos pueden recibir sanciones.
Los actos de discriminación contravienen directamente los principios de legalidad y respeto a los derechos humanos que rigen el servicio público.
¿Cómo es el proceso para “Lady Pepitas”?
El procedimiento sancionador no es automático; requiere una investigación formal donde se respeten los derechos de audiencia de la acusada. Sin embargo, la evidencia videográfica pública puede actuar como un elemento probatorio contundente que acelera la aplicación de medidas cautelares, como la suspensión temporal para evitar que la presencia de la funcionaria entorpezca la investigación o dañe aún más la confianza pública, como se aplicó en esta ocasión.
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La Fiscalía informó que la persona involucrada será sujeta al procedimiento disciplinario ante el Consejo de Asuntos Internos, instancia que determinará si existe responsabilidad administrativa y, en su caso, las sanciones correspondientes conforme a la gravedad de los hechos, las cuales pueden incluir desde amonestación hasta destitución del cargo.
Este viernes 20 de marzo la instancia le notificó personalmente la medida de suspensión temporal a la servidora pública en su centro de trabajo. Previamente, el miércoles 18 de marzo, se le informó por conducto de su superior jerárquico y mediante correo electrónico institucional.
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KR