Pensionados del IMSS e ISSSTE recibirán doble depósito en estas fechas
Algunos jubilados obtendrán un depósito doble, ya que en esta fecha se incluirá el adelanto del aguinaldo 2025
En noviembre, los adultos mayores pensionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) recibirán el penúltimo pago correspondiente a su pensión mensual. Asimismo, ciertos jubilados obtendrán un depósito doble, ya que en esa fecha se incluirá el adelanto del aguinaldo 2025, por ello a continuación te detallamos quiénes son los beneficiarios de este pago adicional.
De acuerdo con el calendario oficial de pagos 2025 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el depósito mensual a las personas jubiladas correspondiente al mes de noviembre se realizará el próximo lunes 3 de noviembre de 2025.
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Además, el 3 de noviembre también se realizará el depósito del aguinaldo anual, ya que según los lineamientos de la institución el pago del aguinaldo se realiza junto al de la pensión del mes de noviembre. El monto entregado equivale a un mes completo de pensión por concepto de aguinaldo.
No obstante, el pago de este aguinaldo será únicamente para los pensionados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, es decir, para aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y se jubilaron por "Cesantía en Edad Avanzada" o "Vejez".
Según el calendario oficial de pagos 2025 para pensionados y jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el depósito mensual de la pensión correspondiente al mes de noviembre se realizará el próximo jueves 30 de octubre.
Por su parte, la primera parte del aguinaldo se realizará durante la primera quincena de noviembre, mientras que la segunda parte se entregará hasta el próximo viernes 2 de enero de 2026, junto al pago de la pensión correspondiente a ese mes. El monto entregado equivale a 40 días de salario, distribuidos en dos exhibiciones.
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Sin embargo, el depósito de este aguinaldo podrán cobrarlo únicamente los jubilados bajo el régimen Décimo Transitorio, es decir, para aquellos trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 31 de marzo de 2007. Este grupo mantiene los derechos y beneficios de ese sistema, que incluye la entrega de un aguinaldo anual.
Finalmente, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal de Trabajo (LTF), aquellas personas que cotizan bajo el régimen de la Ley del Seguro Social 1997 del IMSS no recibirán este beneficio, mientras que por parte del ISSSTE, aquellos pensionados bajo el nuevo régimen de Cuentas Individuales de 2007 no tendrán derecho a esta prestación anual.
NA