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Pensión ISSSTE: ¿Quiénes recibirán pago doble en octubre?

El ISSSTE anunció que en octubre los pensionados afiliados recibirán un depósito doble por dos prestaciones adicionales a su pensión mensual

Adicional al monto habitual de su pensión mensual, los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en México (ISSSTE) podrán cobrar este octubre el pago simultáneo de dos prestaciones económicas que corresponden al Bono de Despensa y la Previsión Social Múltiple.

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Dichas prestaciones tienen el objetivo de compensar económicamente para complementar el ingreso mensual y brindar mayor oportunidad de acceder a bienes y servicios básicos que eleven su calidad de vida.

De acuerdo con el ISSSTE, el Bono de Despensa y el pago de Previsión Social Múltiple están pensados para que los beneficiarios puedan cubrir parte de sus gastos alimentarios, productos esenciales del hogar y otros conceptos necesarios para llevar una vida digna.

Según el calendario del instituto, el pago extra de las dos prestaciones se realiza el último día hábil del mes previo al inicio del siguiente periodo; es decir, el pago correspondiente a octubre se depositará el 30 de septiembre, mientras que el pago de noviembre se realizará el 30 de octubre.

Aunque este beneficio aplica de forma general para todos los derechohabientes que cumplan los requisitos, no todos reciben la misma cantidad de dinero, ya que esta depende del régimen en el que estén inscritos, el salario y los años de servicio cotizados.

Por ello, los adultos mayores deberán estar atentos a su talón de pago de octubre, ya que en ese espacio se desglosará la doble prestación que les depositarán.

Las personas que deseen acceder a este y otros beneficios del programa de jubilación del ISSSTE pueden hacerlo si cumplen con los siguientes requisitos:

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  • Años de servicio: Hombres 30 años y mujeres 28 años.
  • Edad mínima: 60 años (en algunos casos, desde los 55). Actualmente, se ha establecido en 58 años para hombres y 56 para mujeres tras acuerdos sindicales.
  • Estado laboral: El trabajador debe estar dado de baja del servicio público al momento de solicitar su pensión.

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