Jalisco

Estas son las obligaciones de patrones y empleados que hagan home office

Conoce los artículos establecidos en la Norma Oficial Mexicana 037 que regula en México el trabajo a distancia

De acuerdo con los artículos establecidos en la Norma Oficial Mexicana 037 (-NOM-037-STPS-2022) que regula en México el trabajo a distancia; estas son las obligaciones que tienen las empresas donde se aplique el home office:

  • Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo. Por ejemplo: el equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.
  • Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.
  • Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.
  • Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras.
  • Respetar el derecho a la desconexión de las personas al término de la jornada laboral e inscribirlas al régimen obligatorio de la seguridad social.
  • Promover el equilibrio de la relación laboral de las personas trabajadoras, a fin de que gocen de un trabajo digno o decente y de igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación y seguridad social.
  • Observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de las personas trabajadoras.

Estas son las responsabilidades de empleados en teletrabajo

  • El resguardo y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón.
  • Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo.
  • Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.
  • Informar al patrón cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que impidan el desarrollo del teletrabajo en el lugar de trabajo acordado con el patrón.
  • Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Atender las políticas y mecanismos de protección de datos e información establecidos por el patrón en el desempeño de sus actividades.
  • Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal, desde donde realiza las actividades de teletrabajo.
  • Participar en los procesos de información de riesgos relacionados con sus actividades de teletrabajo y de la capacitación que le proporcione el patrón.
  • Avisar al patrón de los riesgos de trabajo que sufra en el lugar de trabajo, fuera del centro de trabajo, en el ejercicio de sus actividades.

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