Economía

Estos son los depósitos que no revisa el SAT y por qué

No todos los movimientos bancarios están sujetos a esta supervisión

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la institución encargada de supervisar los depósitos en efectivo realizados en las cuentas bancarias del país. Esta labor tiene como objetivo verificar que las personas estén cumpliendo correctamente con el pago de sus impuestos y detectar posibles ingresos que no hayan sido declarados.

Supervisión de depósitos en efectivo

Cuando una persona recibe depósitos en efectivo que superan los 15 mil pesos dentro de un mismo mes, el SAT puede revisar esos movimientos para identificar su origen y confirmar que estén debidamente registrados ante la autoridad fiscal.

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Según lo establecido en el artículo 55, fracción IV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), las instituciones bancarias están obligadas a notificar al SAT sobre dichos depósitos. Este aviso se conoce como Declaración Mensual de Depósitos en Efectivo, y los bancos deben enviarlo a más tardar el día 10 del mes siguiente.

Esta disposición aplica principalmente para personas físicas, es decir, ciudadanos que no actúan como empresas, y abarca los depósitos en efectivo realizados en ventanilla, cajeros automáticos o mediante cheques de caja.

Tipos de movimientos que el SAT puede revisar

El SAT tiene la facultad de analizar los depósitos que se efectúen en efectivo, sin importar si se realizaron en cajeros o directamente en ventanilla. También puede revisar los cheques de caja o los ingresos en efectivo depositados en cuentas personales.

Aunque los bancos son los encargados de enviar la información, el titular de la cuenta es quien debe aclarar el origen de los fondos en caso de que la autoridad fiscal solicite una revisión. Si el SAT requiere una explicación, el contribuyente está obligado a justificar de dónde proviene el dinero.

Movimientos que no son revisados

No todos los movimientos bancarios están sujetos a esta supervisión. Las transferencias electrónicas, como las realizadas por medio de SPEI o Transferencias Electrónicas de Fondos (TEF), no se consideran depósitos en efectivo, por lo que no son revisadas automáticamente por el SAT. En consecuencia, si alguien transfiere más de 15 mil pesos entre sus propias cuentas o a otra persona, el sistema no lo considera un depósito sujeto a reporte.

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El SAT aconseja usar descripciones claras y específicas al momento de realizar una transferencia electrónica, con el fin de evitar confusiones o posibles revisiones innecesarias. Algunos ejemplos adecuados son:

  • “Pago de renta”
  • “Compra de alimentos”
  • “Pago de servicios”
  • “Ahorro personal”

En cambio, emplear términos como “donativo” puede generar sospechas o derivar en una revisión fiscal, ya que a veces ese concepto se utiliza para encubrir ingresos no declarados.

¿El SAT monitorea todas las operaciones bancarias?

El organismo no revisa cada movimiento bancario, pero sí da seguimiento a los depósitos en efectivo que superen los 15 mil pesos mensuales. Los bancos están obligados a reportar estas operaciones, y el SAT puede solicitar información adicional al titular sobre el origen de los recursos.

Para resolver dudas o recibir orientación, los contribuyentes pueden comunicarse a los canales oficiales:

  • Correo electrónico: atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx
  • Teléfono (CDMX): 55 12 05 90 00
  • Teléfono (interior del país): 800 611 0190

También se puede consultar el sitio web oficial del SAT (www.sat.gob.mx) para conocer más detalles sobre las obligaciones fiscales y mantenerse actualizado respecto a las disposiciones vigentes.

BB

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