SAT: ¿Cuáles son los gastos deducibles para el 2026?
Para que un gasto sea deducible, este debe cumplir con requisitos formales establecidos por el SAT, en la emisión de la factura y en el método de pago
La deducción de gastos personales es uno de los puntos de mayor relevancia en la planeación financiera de las personas físicas en México, ya que a través de esta herramienta se puede reducir el pago de impuestos. En este escenario, te compartimos la lista de los rubros contemplados para deducción en el 2026 por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿Qué gastos personales serán deducibles en 2026?
Como se mencionó anteriormente, el SAT ofrece a los contribuyentes la oportunidad de deducir ciertos gastos personales para disminuir el monto del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y, con ello, aliviar la carga fiscal.
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En el listado de gastos deducibles del Servicio de Administración Tributaria para el próximo año se mantienen los rubros tradicionales, que abarcan distintos ámbitos como la vivienda, salud, educación y ahorros para el retiro:
- Gastos médicos y hospitalarios
- Gastos funerarios
- Donativos
- Primas de gastos médicos mayores
- Colegiaturas, desde preescolar hasta bachillerato
- Transporte escolar
- Créditos hipotecarios
- Depósitos en cuentas especiales para el ahorro y aportaciones complementarias y voluntarias para el retiro
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¿Cuáles son los requisitos de un gasto deducible?
Cabe decir que para que un gasto sea deducible, este debe cumplir con requisitos formales estrictos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria, en la emisión de la factura y en el método de pago.
De acuerdo con la dependencia, para que un gasto sea deducir es necesario:
- Contar con la factura electrónica correspondiente a cada servicio o producto.
- Revisar que el RFC del contribuyente esté anotado correctamente.
- Verificar que el tipo de servicio anotado en el comprobante sea por el servicio adquirido.
- Haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo, a nombre de la persona que realizará la deducción.
Asimismo, el SAT precisó que el monto total de deducciones personales no debe exceder de Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar o 15% del total de los ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
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MB