SAT confirma que estas empresas deben presentar la Declaración Anual antes del 1 de abril
El Servicio de Administración Tributaria fijó la fecha límite para el trámite fiscal de personas morales
Las empresas tienen como fecha límite el 31 de marzo de 2026 para presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio 2025, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que llamó a cumplir en tiempo con esta obligación fiscal.
El calendario establece que las personas morales sin fines de lucro debieron presentar su declaración a más tardar el 16 de febrero, mientras que el resto de los contribuyentes del Título II de la Ley del ISR y quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tienen hasta el cierre de marzo.
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Para este ejercicio, la autoridad fiscal habilitó una plataforma con información precargada, que incluye pagos provisionales efectuados durante el año, PTU entregada, retenciones de ISR (sueldos, asimilados, arrendamiento y RESICO), así como CFDI por devoluciones, descuentos y bonificaciones. También integra datos de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, dividendos o subsidios al empleo.
En caso de detectar inconsistencias en la información precargada, será necesario presentar declaraciones complementarias. Cuando resulte un saldo a cargo, los cambios se reflejarán 48 horas después de efectuado el pago; si el resultado es en ceros, la actualización tardará 24 horas.
Para enviar la declaración se requiere contar con e.firma vigente y servicio de banca electrónica, ya que cualquier impuesto a pagar debe cubrirse mediante transferencia en instituciones bancarias autorizadas.
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El SAT señaló que estas herramientas buscan agilizar el cumplimiento fiscal y fortalecer la recaudación.
SV