¿Puedes perder la pensión ISSSTE si vuelves a trabajar en abril 2026? Esto dice la Ley
Los artículos 76 a 91 especifican si una persona puede perder su pensión ISSSTE en caso de volver a trabajar
Hay algunas personas que cotizaron su pensión en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (ISSSTE) y por circunstancias personales pueden decidir regresar a trabajar. Si eres una o conoces a alguna y estás pensando hacerlo en este mes de abril 2026, antes debes tomar en cuenta algunos puntos importantes.
Lee también: ¿En mayo? La fecha probable en que comenzarían los pagos de la Pensión Bienestar
Si estás pensionado o pensionada bajo la Ley 76 a 91, hay ciertas reglas específicas para la administración de las Cuentas Individuales de Retiro que debes tomar en cuenta si decides regresar a la vida laboral, como si perderías la pensión.
¿Puedo perder la pensión ISSSTE si regreso a trabajar?
De acuerdo al artículo 12 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio de la Ley ISSSTE, si algún pensionado bajo la Ley abrogada reingresa al servicio para desempeñar un cargo, empleo o comisión remunerados en cualquier dependencia o entidad que esté incorporada al régimen del artículo 123, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se le deberá retirar su pensión ISSSTE.
La ley dice que en el momento en que la persona se incorpore nuevamente a un nuevo trabajo, deberá dar aviso inmediato al Instituto para que se le suspenda la pensión.
Sin embargo, en abril 2026 esta consigna cambió, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictó que algunas personas bajo un estatus pueden conservar su pensión a pesar de regresar a trabajar.
Te puede interesar: Pensión Bienestar: Cómo recibir el calendario de pagos de mayo en tu celular
SCJN no suspenderá pensión de viudez
Como se menciona anteriormente, el artículo 12 habilitaba la suspensión de la pensión por viudez en el momento que el beneficiario volvía a trabajar y cotizar en el mismo régimen de seguridad social. Debido a que muchas personas consideraban injusto esto, la SCJN hizo oficial que ya no se podrá suspender la pensión ISSSTE a quienes cumplan solo con esta condición.
* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *
AS