¿A qué adultos mayores se les adelantará el aguinaldo 2025?
Algunos jubilados del IMSS y del ISSSTE recibirán un pago adelantado por concepto de aguinaldo; aquí todos los detalles
El aguinaldo es una prestación para trabajadores y algunos pensionados, como adultos mayores, pero ¿quiénes recibirán este beneficio? Aquí los detalles:
En noviembre, las personas adultas mayores pensionadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) recibirán el penúltimo depósito de la pensión mensual. Además, algunos jubilados podrán recibir un pago doble, debido al abono del aguinaldo 2025. Conoce para qué personas aplica esto.
De acuerdo con el calendario oficial de pagos 2025 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el depósito mensual a las personas jubiladas correspondiente al mes de noviembre se realizará el próximo lunes 3 de noviembre de 2025.
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Además, el 3 de noviembre también se realizará el depósito del aguinaldo anual, ya que según los lineamientos de la institución el pago del aguinaldo se realiza junto al de la pensión del mes de noviembre. El monto entregado equivale a un mes completo de pensión por concepto de aguinaldo.
No obstante, el pago de este aguinaldo será únicamente para los pensionados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, es decir, para aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y se jubilaron por "Cesantía en Edad Avanzada" o "Vejez".
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Según el calendario oficial de pagos 2025 para pensionados y jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el depósito mensual de la pensión correspondiente al mes de noviembre se realizará el próximo jueves 30 de octubre.
Por su parte, la primera parte del aguinaldo se realizará durante la primera quincena de noviembre, mientras que la segunda parte se entregará hasta el próximo viernes 2 de enero de 2026, junto al pago de la pensión correspondiente a ese mes. El monto entregado equivale a 40 días de salario, distribuidos en dos exhibiciones.
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Sin embargo, el depósito de este aguinaldo podrán cobrarlo únicamente los jubilados bajo el régimen Décimo Transitorio, es decir, aquellos trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 31 de marzo de 2007. Este grupo mantiene los derechos y beneficios de ese sistema, que incluye la entrega de un aguinaldo anual.
Finalmente, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal de Trabajo (LTF), aquellas personas que cotizan bajo el régimen de la Ley del Seguro Social 1997 del IMSS no recibirán este beneficio, mientras que por parte del ISSSTE, aquellos pensionados bajo el nuevo régimen de Cuentas Individuales de 2007 no tendrán derecho a esta prestación anual.
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