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La doctrina social de la Iglesia

Cuarta parte: La comunidad política

La constitución conciliar Gaudium et spes explica que la comunidad política existe para obtener un fin de otra manera inalcanzable: el crecimiento más pleno de cada uno de sus miembros, llamados a colaborar establemente para realizar el bien común. Al respecto, Pío XII, en su radiomensaje de navidad de 1944, afirmó que la comunidad política “es, y debe ser en realidad, la unidad orgánica y organizadora de un verdadero pueblo”.

Cabe aclarar que en el contexto católico, el pueblo no es una multitud amorfa para manipular e instrumentalizar, sino un conjunto de personas que tiene, cada una, la posibilidad de formar su opinión acerca de la cosa pública y la libertad de expresar su sentir político, para hacerlo valer de manera conveniente al bien común. Pío XII dijo, asimismo, que el pueblo “vive de la plenitud de vida de las personas que lo componen, cada una de las cuales es consciente de su propia responsabilidad y de sus propias convicciones”. Afirmaciones fuertes, que invitan a una reflexión profunda sobre nuestro papel en la sociedad y su vida política.

Por otro lado, Juan XXIII en su carta encíclica Pacem in terris declara que la sociedad humana debe considerarse, ante todo, como una comunidad espiritual, donde sus miembros, “iluminados por la verdad”, se comuniquen entre sí sus conocimientos, defiendan sus derechos y cumplan sus deberes, disfruten del justo placer de la belleza en todas sus manifestaciones; valores que han de “dirigir las manifestaciones de la cultura, de la economía, de la convivencia social, del progreso y del orden político, del ordenamiento jurídico” y de todos los aspectos que constituyen el incesante desarrollo de la humanidad.

En el mismo documento, el Papa hace una crítica al sistema de su tiempo, al decir que “la experiencia enseña que cuando falta una acción apropiada de los poderes públicos en lo económico, lo político o lo cultural, se produce entre los ciudadanos un mayor número de desigualdades en sectores cada vez más amplios”.

Esto significa que la comunidad política debe actuar a favor de la creación de un ambiente humano en el que se ofrezca, a los miembros de la sociedad, la posibilidad real del ejercicio de sus derechos y del cumplimiento cabal de sus deberes, lo cual nos conduce al tema de los derechos humanos.
     
En los derechos humanos se condensan las exigencias morales y jurídicas que deben guiar la construcción de la comunidad política. De acuerdo con lo expresado en el documento de la Conferencia del Episcopado Mexicano, éstos constituyen una “norma objetiva que es el fundamento del derecho positivo y que no puede ser ignorada por la comunidad política”, por lo que al considerar a la persona humana como fundamento y fin de la comunidad política, significa trabajar “por el reconocimiento y el respeto de su dignidad mediante la tutela y la promoción de los derechos fundamentales e inalienables del hombre”.
     
Por tanto, de acuerdo con la Gaudium et spes, la autoridad política debe garantizar la vida ordenada y recta de la comunidad, sin atentar contra la libertad individual y grupal, sino disciplinándola y orientándola hacia la realización del bien común. Es entonces “cuando los ciudadanos están obligados en conciencia a obedecer”. Además, Juan Pablo II, en su carta encíclica Evangelium vitae, afirma que el ciudadano no está obligado en conciencia a seguir prescripciones de autoridades civiles, si éstas son contrarias a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del Evangelio.

En consecuencia, la autoridad debe reconocer, respetar y promover los valores humanos y morales fundamentales, los cuales no se fundan en la opinión generalizada, ya sea de mayorías o minorías, sino que se reconocen como elementos de una ley moral objetiva, ley natural inscrita en corazón del hombre (cf. Rom 2, 15). De otra manera, continúa Juan Pablo II, “el mismo ordenamiento estatal se reduciría a un simple mecanismo de regulación pragmática de intereses diversos y contrapuestos”.
     
La comunidad política tiene, así, una responsabilidad social que va más allá de los intereses y necesidades de partido. Su obligación es para el pueblo y con el pueblo. La Iglesia lo ha puesto en claro desde hace mucho tiempo. Pero el pueblo tiene también deberes en este ámbito, algunos de los cuales nos ocuparemos en la siguiente entrega. Que el Señor nos bendiga y nos guarde.

Antonio Lara-Barragán Gómez OFS
Escuela de Ingeniería Industrial
Universidad Panamericana
Campus Guadalajara
alara(arroba)up.edu.mx

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