México

Beltrones, por una reforma política contra la ''spotización''

El posicionamiento del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo fue determinante para el rechazo al amparo promovido por los ''intelectuales''

CIUDAD DE MÉXICO (29/MAR/2011).- Manlio Fabio Beltrones, líder de los senadores del Partido Revolucionario Institucional (PRI), demandó aprobar antes del 30 de abril una reforma política que combata la “spotización” de los procesos electorales y mejore el modelo de comunicación política.

El también presidente del Senado indicó que si bien la Corte avaló ayer el modelo de comunicación electoral de la Reforma Política que aprobó el Congreso en 2007 y con ella “iremos a las elecciones de 2012”, se le pueden hacer ajustes.

El legislador aprovechó la decisión de la Corte para insistir en que la Reforma Política que debe ser aprobada antes de que finalice el actual periodo ordinario de sesiones tiene que incluir las candidaturas independientes; iniciativa preferente; iniciativas ciudadanas y el referéndum. “Son asuntos que podrían modernizar el sistema político mexicano”, y tienen que “pactarse entre los partidos políticos y el gobierno en turno, así lo ha dicho la experiencia”.

El fiel de la balanza

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo emitió el voto decisivo, al pronunciarse por la improcedencia del amparo contra la reforma constitucional publicada el 13 de noviembre de 2007, ya que en la sesión del 31 de enero pasado la votación sobre el tema había quedado empatada, con cinco magistrados a favor de la procedencia y cinco en contra.

Al final, la mayoría cambió su votación y, en lugar de la improcedencia del amparo, se pronunciaron a favor de confirmar el sobreseimiento dictado en primera instancia por el juzgado de distrito que conoció del juicio inicialmente.

En su intervención, Pardo consideró que la Suprema Corte, como tribunal constitucional, sí puede revisar el procedimiento de reformas a la Carta Magna, previsto en el Artículo 135 constitucional, pero que el juicio de amparo no es la vía idónea para ejercer este control.

Explicó que el diseño constitucional vigente del juicio de amparo impide ese control, debido a que uno de los principios de este medio de defensa es la relatividad de las sentencias, es decir, la imposibilidad de dictar una resolución de efectos generales.

De otorgarse la protección de la justicia federal a los demandantes se establecería para ellos un régimen de excepción en el sólo ellos estarían exentos de cumplir las disposiciones de la reforma impugnada reforma impugnada, dijo el ministro. “Se crearían tantos regímenes constitucionales como amparos se hayan concedido en razón de muy diversas reformas”.

En contra del proyecto y por revisar las reformas constitucionales no sólo en el procedimiento sino en su contenido votaron los ministros Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar y el presidente de la Corte, Juan Silva Meza.

Por el sobreseimiento votaron Guillermo Ortiz Mayagoitia, Margarita Luna Ramos, Salvador Aguirre, Luis María Aguilar, Fernando Franco, Sergio Valls y Jorge Mario Pardo.

TELÓN DE FONDO
El amparo que dividió a los juristas


El llamado “amparo de los intelectuales”, firmado por una serie de 15 académicos y líderes de opinión, que protestaba contra la reforma electoral de 2007 y que juzgaba de anticonstitucional la prohibición expresa de contratar spots televisivos a particulares en dicha reforma, fue declarado improcedente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Tras un largo camino jurídico y un debate interminable acerca de la validez de una disposición legal de este tipo, el rechazo al mecanismo jurídico dejó intacto el monopolio del Instituto Federal Electoral con relación a la contratación de spots televisivos.

Por un lado, la razón fundamental que esgrimen los promotores del amparo es que la ley electoral restringe la libertad de expresión de los ciudadanos en materia política, dando a los partidos todo el poder de acceso a los medios televisivos. Los opositores al amparo y que, por ende, coinciden con los principales dispositivos de la reforma electoral de 2007, han señalado que el acceso a tiempo de publicidad en los medios sólo garantiza la participación de los más adinerados, haciendo una competencia electoral injusta entre los que más tienen y los que no pueden acceder a los medios de comunicación por su incapacidad económica.

La reforma electoral de 2007 y la consiguiente prohibición de contratar spots por parte de particulares, surgió de la perspectiva de los partidos políticos que consideraron que las televisoras, en particular, habían logrado acumular una cantidad de poder muy grande en las elecciones de 2006.

Por lo tanto, limitar los mensajes agresivos en los medios de comunicación y la prohibición de los spots a particulares, fueron vistas como las mejores alternativas para reducir la influencia de los medios de comunicación en los procesos electorales.

La llegada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación del ministro Jorge Pardo Rebolledo, destrabó un empate técnico que dividió a la Corte en la primera votación que definía la procedencia de este amparo, hace menos de dos meses.

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