Jalisco
Fiscalía local absorberá 66% de las indagatorias de la PGR
La Procuraduría de Jalisco requiere aumentar la plantilla laboral, ante las reformas federales aprobadas en 2009
GUADALAJARA, JALISCO (30/AGO/2011).- A partir del próximo año, la persecución e investigación de los delitos de narcomenudeo será una competencia de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco (
PGJEJ), que en la práctica le representará absorber, de un momento a otro, 66% de todas las indagatorias que realiza la Procuraduría General de la República (PGR) en la Delegación local.
De esta manera, el Ministerio Público estatal, de por sí con signos evidentes de saturación, que han estudiado especialistas como Guillermo Zepeda Lecuona, del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Occidentes ( ITESO), deberá enfrentar ya no sólo el incremento existente en la incidencia delictiva del fuero común en Jalisco sino también las operaciones de narcomenudeo en la Entidad, una responsabilidad que dejará de ser exclusiva de la PGR.
Si la PGJEJ comienza un promedio anual de 75 mil 104 averiguaciones previas (considerando el periodo de 2007 a 2010), la investigación de los delitos de narcomenudeo le traerá un incremento de 17% en este indicador, pues la Delegación Jalisco de la PGR indaga un promedio anual de 12 mil 934 de estos hechos delictivos.
Estos cambios se desprenden de las reformas a nivel federal que se publicaron el 20 de agosto de 2009, en la Ley General de Salud, en el Código Penal Federal y en el Código Federal de Procedimientos Penales, para que, en una figura de competencia concurrente, sean las entidades federativas quienes se encarguen de combatir los delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo.
El Congreso de Jalisco adecuó el marco jurídico estatal correspondiente (el Código de Procedimientos Penales, Ley Estatal de Salud, y las leyes orgánicas de la PGJEJ y el Poder Judicial) para implementar la reforma federal, que también considera que estos asuntos sean resueltos ahora por los jueces del Estado.
Aunque las modificaciones legales aprobadas por los legisladores estatales entrarán en vigencia hasta el 21 de agosto de 2012, desde estos momentos la fiscalía local gestiona un incremento a sus recursos para que sea considerado en el Presupuesto de Egresos del Poder Ejecutivo durante el siguiente año; pretende, por lo tanto, el entendimiento de los mismos diputados del Congreso.
“Es un universo muy grande de averiguaciones previas el que se viene. En ese sentido, representa un reto para la institución porque la cuestión del combate al narcomenudeo será en todo el Estado, no nada mas en la zona metropolitana; a lo mejor el grueso de los asuntos serán aquí (en la ciudad), pero la infraestructura que debemos de tener estará en toda la entidad”, expone Omar Lenin Luna Osorio, coordinador general de Asesores de la PGJEJ.
Las nuevas responsabilidades que asumirá la Procuraduría local no son menores, explica, pues la integración de averiguaciones previas sólidas y bien investigadas para el combate al narcomenudeo, pueden servir para conducir a las autoridades hacia los niveles superiores de las estructuras del crimen organizado.
“La cuestión del narcomenudeo es solamente la punta del iceberg de lo que representa la delincuencia organizada. Las estructuras, como ahora se están manejando en delincuencia organizada, es bajo ese esquema. Lo que conocemos como los grandes narcotraficantes llega hasta este punto donde eso que comercian tiene que distribuirse al menudeo; ese combate que en apariencia podrían decir (pues bueno, es que son cantidades mínimas), no es así, en realidad, es combatir también parte de esa delincuencia organizada porque quienes están relacionados con este tipo de delitos están relacionados con otras conductas, como los homicidios que ahora estamos teniendo, están relacionados también con el robo de vehículos, extorsiones u otro tipo de delitos”.
No es correcto, por lo tanto y a su consideración, partir de una concepción que simplifique los próximos cambios, y que lleve a creer que los “asuntos gordos” caerán ahora sólo en manos de la PGR, mientras que los pequeños, en el Estado: “Es un fenómeno complejo y complicado porque no se puede aislar, no se puede ver nada más (esto es narcomenudeo y yo me encargo de las cuestiones pequeñas o mínimas), no, la cuestión del narcomenudeo es la punta del iceberg porque detrás de todo esto están las organizaciones delictivas”.
Los presupuestos
Entre los principios que motivaron las reformas a nivel federal para que los delitos de narcomenudeo fueran del conocimiento y combatidos por las autoridades locales, se encuentra el hecho de que la estructura operativa de éstas en materias como la procuración de justicia y la seguridad pública es mucho más amplia que la de las instancias del Gobierno federal.
Las instituciones estatales y municipales no sólo concentran 90.3% del estado de fuerza nacional policial (tanto de naturaleza preventiva como ministerial), las diferencias también son evidentes en materia presupuestal, como se mostrará a continuación.
Mientras la PGJEJ cuenta con un presupuesto anual cercano a los mil 200 millones de pesos, en contraparte, a la Delegación Jalisco de la PGR se le asignó apenas 71 millones 421 mil 418 pesos en 2011 para su funcionamiento, según el Presupuesto de Egresos de la Federación, y de los cuales 40 millones 288 mil 798 pesos se destinan al pago de nómina; el resto, 31 millones 132 mil 620 pesos, a su gasto operativo.
Así, el presupuesto anual para el funcionamiento de la PGR en Jalisco a través de su Delegación representa 5.9% de los recursos que tiene a su disposición la PGJEJ. También debe decirse, no obstante, que en Jalisco alrededor de 84% de los delitos que se registran son del fuero común, es decir, que en su inmensa mayoría los ilícitos en la Entidad son responsabilidad del Ministerio Público estatal, y no del federal.
También llama la atención que mientras la Delegación Jalisco de la PGR destina sólo 56% de su presupuesto al pago de nómina, la PGJEJ, por su parte, dirige a ese concepto 80% de todos sus recursos (965 millones 542 mil 930 pesos, según el Proyecto de Presupuesto de Egresos 2011).
Recursos adicionales
Según el estudio que elaboró la Coordinación General de Asesores de la PGJEJ, la persecución e investigación de los delitos de narcomenudeo le exige a esta dependencia estatal un incremento en su presupuesto de 53 millones 241 mil 300 pesos, así como la creación de 136 plazas netamente operativas. Por ello gestionan más recursos para 2012.
El aumento que solicita con respecto a su presupuesto aproximado de mil 200 millones de pesos representa apenas 4.4% más, y cuando se habla de plazas operativas, apunta Luna Osorio, se refiere a los agentes del Ministerio Público, policías investigadores ministeriales, secretarios y actuarios.
Pendientes
Sueldos (136 plazas operativas) 30’245,200 pesos
Acondicionamiento de oficinas 10’395,000 pesos
Vehículos 8’000,000 pesos
Armamento 2’010,000 pesos
Combustible 1’920,000 pesos
Equipo de cómputo 517,500 pesos
Mobiliario y equipo 153,600 pesos
Total 53’241,300 pesos
Desde 2006 hay experiencia
El conocimiento de los delitos de narcomenudeo para la PGJEJ no será del todo una experiencia nueva. De hecho, desde 2006 cuenta con un área que se ha venido dedicando a la investigación de estos ilícitos y que ha nutrido constantemente a la PGR con sus propios hallazgos.
En ese año, explica el coordinador general de Asesores de la PGJEJ, Luna Osorio, se determinó crear un área para la investigación de hechos relacionados con la corrupción de menores y el combate a las adicciones. Luego, en 2009, evolucionó a una Subprocuraduría de Apoyo a las Investigaciones de Delitos Federales, donde además del narcomenudeo se indagan acciones de contrabando y piratería.
“Jalisco es de las entidades pioneras en este sentido porque desde abril de 2006 creó una agencia del MP especializada en el combate de este tipo de delitos, a pesar de que no teníamos la atribución dentro del esquema legal sí podíamos combatir, sí podíamos detener, sí podíamos tomar declaraciones o hacer ciertas diligencias, cuando concluíamos esas diligencias las pasábamos a la PGR, para que ellos prácticamente o simplemente ejercitaran acción penal, es decir, lo pusieran en conocimiento de un juez penal federal”.
Cada año, la fiscalía local turna a la PGR entre 500 y 600 de estas investigaciones sobre asuntos de narcomenudeo, “asuntos que ya vienen acreditados en dictámenes periciales, en declaraciones en cuanto todos los elementos que se requieren”.
Fuerza pública nacional
Policías preventivas y ministeriales
Policía Federal 36,923 (8.5%)
Policía Federal Ministerial 4,974 (1.2%)
Policías estatales 200,335 (46.2%)
Policías ministeriales estatales 26,753 (6.2%)
Policías municipales 164,237 (37.9%)
Total fuerza policial nacional 433,222 (100%)
PGR
Incidencia de delitos federales en Jalisco
2007 2008 2009 2010
Delitos diversos 4,780 (19.62%) 3,547 (19.4%) 4,562 (27.52%) 7,934 (44.36%)
Delitos contra la salud 19,587 (80.38%) 14,735 (80.6%) 12,015 (72.48%) 9,953 (55.64%)
Narcomenudeo 18,312 (75.15%) 13,748 (75.2%) 10,552 (63.65%) 9,127 (51.03%)
Nota: La modalidad de narcomenudeo dentro de los delitos contra la salud, corresponde específicamente a comercio, suministro y posesión de narcóticos. Es ésa modalidad la que pasará a ser responsabilidad de la PGJEJ.
Guía
¿Cómo se aplican las reformas?
La manera en que se desenvolverá esta competencia concurrente de la Federación y los estados sobre los delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo, puede explicarse de una manera simple.
Las autoridades recurrirán a una tabla establecida en el artículo 479 de la Ley General de Salud, ésta básicamente determinará las cantidades de droga en cuestión que le competen al Ministerio Público estatal (las más bajas) y al Ministerio Público federal (las más altas).
El Ministerio Público federal, sin embargo, podrá atraer los casos, aun cuando estén por debajo del límite que le corresponde a la PGJEJ, cuando advierta indicios para presumir delincuencia organizada o haya elementos de relevancia que requiera indagar.
La misma tabla define cantidades de droga que se considerarán como de consumo personal, cuando así sea entonces el Ministerio Público no ejercitará acción penal (siempre y cuando el consumidor o farmacodependiente esté fuera de centros educativos, asistenciales, policiales o de reclusión); por el contrario, le informará de alternativas voluntarias para el tratamiento médico y la orientación en la prevención de la farmacodependencia (artículos 478 y 479 de la Ley General de Salud).
Empero, si se es detenido en una tercera ocasión con cantidades de consumo personal, entonces el tratamiento en las instancias de salud se vuelve obligatorio (artículo 193 bis de la Ley General de Salud), y de no cumplirse, sí se ejercitará la acción penal.
Esto parte de la necesidad de no criminalizar el consumo de drogas sino de abordarlo desde una perspectiva médica y profesional.
De esta manera, el Ministerio Público estatal, de por sí con signos evidentes de saturación, que han estudiado especialistas como Guillermo Zepeda Lecuona, del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Occidentes ( ITESO), deberá enfrentar ya no sólo el incremento existente en la incidencia delictiva del fuero común en Jalisco sino también las operaciones de narcomenudeo en la Entidad, una responsabilidad que dejará de ser exclusiva de la PGR.
Si la PGJEJ comienza un promedio anual de 75 mil 104 averiguaciones previas (considerando el periodo de 2007 a 2010), la investigación de los delitos de narcomenudeo le traerá un incremento de 17% en este indicador, pues la Delegación Jalisco de la PGR indaga un promedio anual de 12 mil 934 de estos hechos delictivos.
Estos cambios se desprenden de las reformas a nivel federal que se publicaron el 20 de agosto de 2009, en la Ley General de Salud, en el Código Penal Federal y en el Código Federal de Procedimientos Penales, para que, en una figura de competencia concurrente, sean las entidades federativas quienes se encarguen de combatir los delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo.
El Congreso de Jalisco adecuó el marco jurídico estatal correspondiente (el Código de Procedimientos Penales, Ley Estatal de Salud, y las leyes orgánicas de la PGJEJ y el Poder Judicial) para implementar la reforma federal, que también considera que estos asuntos sean resueltos ahora por los jueces del Estado.
Aunque las modificaciones legales aprobadas por los legisladores estatales entrarán en vigencia hasta el 21 de agosto de 2012, desde estos momentos la fiscalía local gestiona un incremento a sus recursos para que sea considerado en el Presupuesto de Egresos del Poder Ejecutivo durante el siguiente año; pretende, por lo tanto, el entendimiento de los mismos diputados del Congreso.
“Es un universo muy grande de averiguaciones previas el que se viene. En ese sentido, representa un reto para la institución porque la cuestión del combate al narcomenudeo será en todo el Estado, no nada mas en la zona metropolitana; a lo mejor el grueso de los asuntos serán aquí (en la ciudad), pero la infraestructura que debemos de tener estará en toda la entidad”, expone Omar Lenin Luna Osorio, coordinador general de Asesores de la PGJEJ.
Las nuevas responsabilidades que asumirá la Procuraduría local no son menores, explica, pues la integración de averiguaciones previas sólidas y bien investigadas para el combate al narcomenudeo, pueden servir para conducir a las autoridades hacia los niveles superiores de las estructuras del crimen organizado.
“La cuestión del narcomenudeo es solamente la punta del iceberg de lo que representa la delincuencia organizada. Las estructuras, como ahora se están manejando en delincuencia organizada, es bajo ese esquema. Lo que conocemos como los grandes narcotraficantes llega hasta este punto donde eso que comercian tiene que distribuirse al menudeo; ese combate que en apariencia podrían decir (pues bueno, es que son cantidades mínimas), no es así, en realidad, es combatir también parte de esa delincuencia organizada porque quienes están relacionados con este tipo de delitos están relacionados con otras conductas, como los homicidios que ahora estamos teniendo, están relacionados también con el robo de vehículos, extorsiones u otro tipo de delitos”.
No es correcto, por lo tanto y a su consideración, partir de una concepción que simplifique los próximos cambios, y que lleve a creer que los “asuntos gordos” caerán ahora sólo en manos de la PGR, mientras que los pequeños, en el Estado: “Es un fenómeno complejo y complicado porque no se puede aislar, no se puede ver nada más (esto es narcomenudeo y yo me encargo de las cuestiones pequeñas o mínimas), no, la cuestión del narcomenudeo es la punta del iceberg porque detrás de todo esto están las organizaciones delictivas”.
Los presupuestos
Entre los principios que motivaron las reformas a nivel federal para que los delitos de narcomenudeo fueran del conocimiento y combatidos por las autoridades locales, se encuentra el hecho de que la estructura operativa de éstas en materias como la procuración de justicia y la seguridad pública es mucho más amplia que la de las instancias del Gobierno federal.
Las instituciones estatales y municipales no sólo concentran 90.3% del estado de fuerza nacional policial (tanto de naturaleza preventiva como ministerial), las diferencias también son evidentes en materia presupuestal, como se mostrará a continuación.
Mientras la PGJEJ cuenta con un presupuesto anual cercano a los mil 200 millones de pesos, en contraparte, a la Delegación Jalisco de la PGR se le asignó apenas 71 millones 421 mil 418 pesos en 2011 para su funcionamiento, según el Presupuesto de Egresos de la Federación, y de los cuales 40 millones 288 mil 798 pesos se destinan al pago de nómina; el resto, 31 millones 132 mil 620 pesos, a su gasto operativo.
Así, el presupuesto anual para el funcionamiento de la PGR en Jalisco a través de su Delegación representa 5.9% de los recursos que tiene a su disposición la PGJEJ. También debe decirse, no obstante, que en Jalisco alrededor de 84% de los delitos que se registran son del fuero común, es decir, que en su inmensa mayoría los ilícitos en la Entidad son responsabilidad del Ministerio Público estatal, y no del federal.
También llama la atención que mientras la Delegación Jalisco de la PGR destina sólo 56% de su presupuesto al pago de nómina, la PGJEJ, por su parte, dirige a ese concepto 80% de todos sus recursos (965 millones 542 mil 930 pesos, según el Proyecto de Presupuesto de Egresos 2011).
Recursos adicionales
Según el estudio que elaboró la Coordinación General de Asesores de la PGJEJ, la persecución e investigación de los delitos de narcomenudeo le exige a esta dependencia estatal un incremento en su presupuesto de 53 millones 241 mil 300 pesos, así como la creación de 136 plazas netamente operativas. Por ello gestionan más recursos para 2012.
El aumento que solicita con respecto a su presupuesto aproximado de mil 200 millones de pesos representa apenas 4.4% más, y cuando se habla de plazas operativas, apunta Luna Osorio, se refiere a los agentes del Ministerio Público, policías investigadores ministeriales, secretarios y actuarios.
Pendientes
Sueldos (136 plazas operativas) 30’245,200 pesos
Acondicionamiento de oficinas 10’395,000 pesos
Vehículos 8’000,000 pesos
Armamento 2’010,000 pesos
Combustible 1’920,000 pesos
Equipo de cómputo 517,500 pesos
Mobiliario y equipo 153,600 pesos
Total 53’241,300 pesos
Desde 2006 hay experiencia
El conocimiento de los delitos de narcomenudeo para la PGJEJ no será del todo una experiencia nueva. De hecho, desde 2006 cuenta con un área que se ha venido dedicando a la investigación de estos ilícitos y que ha nutrido constantemente a la PGR con sus propios hallazgos.
En ese año, explica el coordinador general de Asesores de la PGJEJ, Luna Osorio, se determinó crear un área para la investigación de hechos relacionados con la corrupción de menores y el combate a las adicciones. Luego, en 2009, evolucionó a una Subprocuraduría de Apoyo a las Investigaciones de Delitos Federales, donde además del narcomenudeo se indagan acciones de contrabando y piratería.
“Jalisco es de las entidades pioneras en este sentido porque desde abril de 2006 creó una agencia del MP especializada en el combate de este tipo de delitos, a pesar de que no teníamos la atribución dentro del esquema legal sí podíamos combatir, sí podíamos detener, sí podíamos tomar declaraciones o hacer ciertas diligencias, cuando concluíamos esas diligencias las pasábamos a la PGR, para que ellos prácticamente o simplemente ejercitaran acción penal, es decir, lo pusieran en conocimiento de un juez penal federal”.
Cada año, la fiscalía local turna a la PGR entre 500 y 600 de estas investigaciones sobre asuntos de narcomenudeo, “asuntos que ya vienen acreditados en dictámenes periciales, en declaraciones en cuanto todos los elementos que se requieren”.
Fuerza pública nacional
Policías preventivas y ministeriales
Policía Federal 36,923 (8.5%)
Policía Federal Ministerial 4,974 (1.2%)
Policías estatales 200,335 (46.2%)
Policías ministeriales estatales 26,753 (6.2%)
Policías municipales 164,237 (37.9%)
Total fuerza policial nacional 433,222 (100%)
PGR
Incidencia de delitos federales en Jalisco
2007 2008 2009 2010
Delitos diversos 4,780 (19.62%) 3,547 (19.4%) 4,562 (27.52%) 7,934 (44.36%)
Delitos contra la salud 19,587 (80.38%) 14,735 (80.6%) 12,015 (72.48%) 9,953 (55.64%)
Narcomenudeo 18,312 (75.15%) 13,748 (75.2%) 10,552 (63.65%) 9,127 (51.03%)
Nota: La modalidad de narcomenudeo dentro de los delitos contra la salud, corresponde específicamente a comercio, suministro y posesión de narcóticos. Es ésa modalidad la que pasará a ser responsabilidad de la PGJEJ.
Guía
¿Cómo se aplican las reformas?
La manera en que se desenvolverá esta competencia concurrente de la Federación y los estados sobre los delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo, puede explicarse de una manera simple.
Las autoridades recurrirán a una tabla establecida en el artículo 479 de la Ley General de Salud, ésta básicamente determinará las cantidades de droga en cuestión que le competen al Ministerio Público estatal (las más bajas) y al Ministerio Público federal (las más altas).
El Ministerio Público federal, sin embargo, podrá atraer los casos, aun cuando estén por debajo del límite que le corresponde a la PGJEJ, cuando advierta indicios para presumir delincuencia organizada o haya elementos de relevancia que requiera indagar.
La misma tabla define cantidades de droga que se considerarán como de consumo personal, cuando así sea entonces el Ministerio Público no ejercitará acción penal (siempre y cuando el consumidor o farmacodependiente esté fuera de centros educativos, asistenciales, policiales o de reclusión); por el contrario, le informará de alternativas voluntarias para el tratamiento médico y la orientación en la prevención de la farmacodependencia (artículos 478 y 479 de la Ley General de Salud).
Empero, si se es detenido en una tercera ocasión con cantidades de consumo personal, entonces el tratamiento en las instancias de salud se vuelve obligatorio (artículo 193 bis de la Ley General de Salud), y de no cumplirse, sí se ejercitará la acción penal.
Esto parte de la necesidad de no criminalizar el consumo de drogas sino de abordarlo desde una perspectiva médica y profesional.