México | Sería a partir del nacimiento; es un deber ''imprescriptible e insustituible'', señalan La Suprema Corte valida retroactividad de pensión alimenticia Se tomará en cuenta el principio de proporcionalidad, si existió conocimiento previo del embarazo yo nacimiento y la posición económica del deudor Por: NTX 10 de septiembre de 2015 - 13:18 hs La obligación de proveer alimentos a los hijos se genera a partir del reconocimiento de paternidad, según la Primera Sala de la Corte. EFE / ARCHIVO CIUDAD DE MÉXICO (10/SEP/2015).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el pago retroactivo de pensión alimenticia a partir del nacimiento al otorgar un amparo en un juicio de reconocimiento de paternidad y pago de manutención. Con el voto de tres de sus cinco ministros, la Primera Sala del alto tribunal revocó una sentencia previa y amparó a una mujer que reclamó el derecho de su hija a recibir alimentos de manera retroactiva desde su nacimiento. La obligación de proveer los alimentos a los hijos se genera a partir del reconocimiento de paternidad y es un deber "imprescriptible e insustituible" de ambos progenitores, señala la resolución. Para definir la retroactividad se deberá tomar en cuenta el principio de proporcionalidad, si existió conocimiento previo del embarazo y/o nacimiento y la posición económica del deudor, señaló la Suprema Corte en un comunicado. En el 2011 se registraron en México 91 mil 285 divorcios y en 78 mil 086 de estos se requirió el pago de una pensión alimenticia a los hijos, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía ( Inegi). Temas SCJN Matrimonios Inegi Divorcios Estados Lee También Tormenta "Raymond" deja dos muertos en México ¿Cuál es la diferencia entre los celos y la enfermedad de celotipia? Trump amenaza con "incremento masivo" de aranceles a China El efecto Donald Trump Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones