Viernes, 10 de Octubre 2025
México | Sería a partir del nacimiento; es un deber ''imprescriptible e insustituible'', señalan

La Suprema Corte valida retroactividad de pensión alimenticia

Se tomará en cuenta el principio de proporcionalidad, si existió conocimiento previo del embarazo yo nacimiento y la posición económica del deudor

Por: NTX

La obligación de proveer alimentos a los hijos se genera a partir del reconocimiento de paternidad, según la Primera Sala de la Corte. EFE / ARCHIVO

La obligación de proveer alimentos a los hijos se genera a partir del reconocimiento de paternidad, según la Primera Sala de la Corte. EFE / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (10/SEP/2015).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el pago retroactivo de pensión alimenticia a partir del nacimiento al otorgar un amparo en un juicio de reconocimiento de paternidad y pago de manutención.

Con el voto de tres de sus cinco ministros, la Primera Sala del alto tribunal revocó una sentencia previa y amparó a una mujer que reclamó el derecho de su hija a recibir alimentos de manera retroactiva desde su nacimiento.

La obligación de proveer los alimentos a los hijos se genera a partir del reconocimiento de paternidad y es un deber "imprescriptible e insustituible" de ambos progenitores, señala la resolución.

Para definir la retroactividad se deberá tomar en cuenta el principio de proporcionalidad, si existió conocimiento previo del embarazo y/o nacimiento y la posición económica del deudor, señaló la Suprema Corte en un comunicado.

En el 2011 se registraron en México 91 mil 285 divorcios y en 78 mil 086 de estos se requirió el pago de una pensión alimenticia a los hijos, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía ( Inegi).

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