Martes, 02 de Diciembre 2025
México | Líderes sindicales

Impiden a mineros ampararse en lo individual

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un criterio que solamente la directiva sindical es la que puede promover juicios

Por: SUN

CIUDAD DE MÉXICO.- Los mineros, en lo individual, no pueden promover juicios de amparo para impugnar las decisiones que adopta la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), de no reconocer a sus líderes sindicales, al negarles la toma de nota.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un criterio en el sentido de que solamente la directiva sindical es la que puede promover juicios de amparo en contra de este tipo de medidas.

El criterio en cuestión, aunque se adoptó al revisar una contradicción de tesis vinculada con mineros, será aplicable para todos los sindicatos y sus agremiados.

Mediante un comunicado de prensa, el alto tribunal informó que “los trabajadores de Sindicato Nacional de Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, considerados individualmente, no reúnen las características o cualidades para ser estimados como terceros perjudicados en el juicio de amparo en que se impugne la ilegalidad de la negativa de la toma de nota a la directiva de dicha agrupación”.

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