Sábado, 27 de Abril 2024
Jalisco | Discursos carcelarios y estrategias de Samuel C. Graham en “La Escobedo”

“Un joven en una jaula horrible”

Una carta fechada el 21 de marzo de 1891 detonó una polémica entre autoridades mexicanas y estadounidenses. El presunto maltrato de un preso norteamericano, la causa

Por: EL INFORMADOR

EL INFORMADOR  J. LÓPEZ  /

EL INFORMADOR J. LÓPEZ /

GUADALAJARA, JALISCO (22/MAY/2011).- Las voces y las palabras del confinamiento, son voces poco escuchadas y poco leídas, a pesar que sobre las prisiones se ha publicado bastante e incluso ha llamado la atención de novelistas y productores de cine. A partir de las voces que han escapado de los muros carcelarios se ha conocido acerca de la terrible infamia que han padecido quienes han habitado las celdas y las historias secretas que guardan sus muros.

Sin embargo, son pocas las veces que se tiene la oportunidad de conocer acerca de la experiencia de quien, por sus delitos, se ha visto encerrado en una institución total de este tipo, y menos cuando ha transcurrido en un país diferente al suyo, como es el caso de Samuel C. Graham, ciudadano de los Estados Unidos de Norteamérica, nación que sirvió de modelo para los países del mundo occidental al ensayar el moderno sistema penitenciario que se empezó a aplicar desde fines del siglo XVIII y de los cuales fueron famosos los modelos “Filadelfia” y “Auburn”, que se caracterizaron por el uso de la celdilla solitaria y la expiación de los delitos a través del trabajo, la educación y la moral burguesa.
La penitenciaría del Estado de Jalisco, establecida en la periferia Poniente de Guadalajara y conocida popularmente como “La Escobedo”, misma que así se conociera por el apellido de quien fuera su fundador, el ex gobernador Antonio Escobedo, fue inaugurada en 1844 con el propósito de sustituir a las viejas y antihigiénicas prisiones, herencia de la colonia novohispana.

“La Escobedo”, que funcionó en sus primeros años como “cárcel chica” o “cárcel de ciudad”,  tuvo concluidos sus muros exteriores en 1875 con lo que pudo recibir presos de los diversos cantones de la Entidad que purgaban sentencias de un año o más; en ella se reflejaron los principios del modelo Auburn; es decir, confinamiento solitario de noche y trabajo en común por el día.

La penitenciaría fue un orgullo y símbolo de “orden y progreso” de la sociedad porfiriana, aunque también representó un temor, sobre todo para los sectores más pauperizados y afligidos de Jalisco. Fue en el porfiriato (1876-1911) cuando alcanzó su mejor nivel, especialmente a partir de 1885, cuando se decretó el Código Penal que entró en vigor al año siguiente y al que se sumó la elaboración de una compleja estadística penitenciaria. Este establecimiento llegó a albergar hasta mil 800 individuos, de los cuáles poco más de 90% eran hombres y el resto mujeres.

Es en este espacio de poder que Samuel C. Graham, un ciudadano norteamericano, fue encerrado para cubrir una sentencia por el delito de asesinato. Para lograr su libertad anticipada, Graham llevó a cabo una serie de estrategias en la que la imagen de la penitenciaría quedó en entredicho. Sus estrategias no sólo impactaron el medio político local y nacional sino además atrajo la atención de una legación norteamericana que trató de ayudarle en su objetivo. Por ello este ensayo expone las estrategias que diseñó el propio Graham, y los discursos que emanaron del Gobierno jalisciense en defensa de la misma.

Como parte del contexto es importante mencionar que las relaciones políticas entre Estados Unidos y nuestro país se deterioran bastante como resultado de la invasión de 1847, y aunque en el porfiriato se establecieron importantes acuerdos comerciales, y en el caso Guadalajara existiera una colonia habitada por ciudadanos de ese país (la “Colonia Americana”), el disgusto que existía entre los habitantes de Guadalajara por el conocimiento que tenían acerca de los constantes abusos que sufrían nuestros connacionales en el Sur de los Estados Unidos fue creciendo notablemente hasta el año de 1910 en el que se dio en Guadalajara una importante “manifestación antiyanqui”, que terminó reprimida violentamente por la gendarmería estatal de Jalisco.

Inicia el escándalo

Con fecha 21 de marzo de 1891, el ciudadano estadounidense  Samuel C. Graham, preso en una de las celdas de la penitenciaría jalisciense “Antonio Escobedo”, le dirigió una carta al señor Mateo Muro, intendente de ese establecimiento, señalándole que acababa de recibir de su hermano L.M. Graham una carta del 28 de febrero de ese año en la que incluyó una nota periodística publicada recientemente (no se menciona la fecha) en The New York Herald.

En la primera carta Samuel C. Graham se expresa de manera exageradamente encomiable acerca del buen trato que ha recibido durante su estancia en “La Escobedo” y de lo bien organizada que se encuentra. Reitera su agradecimiento al director de la penitenciaría al que le pide que no lo considere un ingrato pues sólo le debe favores. A la nota periodística en cuestión se anexó una traducción al español en la que Samuel C. Graham  aclaró que pudiera no estar bien traducida por no saber bien el castellano.  
The New York Herald

El artículo publicado en el diario norteamericano The New York Herald se tituló: “En una prisión mexicana. Un joven de apellido Graham, en una jaula horrible”, dice:

Chicago, febrero 28. M.C. Bernard, ingeniero de minas, que acaba de venir de México, dice: un joven apellidado Graham está en la prisión de Guanajuato (sic), bajo una sentencia de 20 años, sentenciado injustamente de homicidio. El fue atacado en las calles de Lagos (sic) por un mexicano y un alemán que andaban borrachos, y él en defensa propia le dio un balazo al alemán. Dice Bernard que él mismo presenció el hecho, habiendo ido a dar su declaración sobre la verdad de él; pero diez mexicanos que no vieron el pleito, testificaron que Graham fue el que comenzó el hecho. Añade Bernard que: “La sentencia de Graham es lo mismo que la pena de muerte, pues no es posible aguantar tres años en la prisión de Guanajuato (sic). La penitenciaría es la institución más sucia en la República. En la prisión hay 500 presos, en donde fue un lugar hecho para 300. Las víctimas mueren cada semana, y hay veces que dos o tres mueren en el tiempo indicado.

 He oído decir que los suicidios son frecuentes. Las celdas están llenas de insectos asquerosos y suciedades abundan en todas partes. Hombres, mujeres y niños, todos están juntos, y pronto se llenan de animales asquerosos. La comida consiste todo el año, en tortillas, chile y un poco de grasa.

Difícil es uno entrar en la penitenciaría, pero por medio de algunos amigos de influencia conseguí una tarjeta para visitarlo y sabiendo que la comida no es de lo mejor, le mandé a Graham algunas cosas de comer pero no las recibió, y me dijo que sólo pagando al celador podía el recibir algunas cosas. Le di a él dos pesos mexicanos y me dijo que estaba obligado a darle uno de ellos al celador para poder con el otro comprar algo. Después de seis meses de sentencia fue cuando vi al joven de Michigan. En este tiempo estaba terriblemente cambiado: de un joven grande y robusto, era ya un esqueleto y él decía que deseaba morirse, y que mejor hubiera querido ser sentenciado a muerte y no a prisión: “Esta sí es la muerte, pero dilata mucho en llegar”. Esto fue lo que me dijo (Archivo Histórico de Jalisco, G-8-91, caja 331, número de inventario 9858).
 
Seguramente la razón principal de Samuel C. Graham de enviar la carta y el artículo al director de la penitenciaría fue presionar a las autoridades mexicanas para obtener una pronta libertad, sabiendo que efectivamente el artículo no se refería a él, pero en el que las autoridades estatales y federales se vieron involucradas.   
 
El director de la penitenciaría: primer informe

El asunto en cuestión ya había trascendido notoriamente los espacios carcelarios, convirtiéndose en un asunto no sólo estatal sino también federal ya que la Secretaría de Relaciones Exteriores de México remitió al Gobierno del Estado el artículo periodístico. Sin embargo, resulta inconcebible el impacto que causó el artículo periodístico sobre todo sabiendo que éste no hacía referencia a la penitenciaría jalisciense, sino a la de Guanajuato, además los datos que refieren al tal Graham tampoco corresponden al Samuel C. Graham.

Tal actuación de la Secretaría de Relaciones Exteriores deja muchas dudas sobre su actuación quizás porque ya existiera alguna queja por parte del gobierno norteamericano acerca de las prisiones mexicanas; sin embargo, no se entiende por qué fue elegida la penitenciaría “Escobedo” cuando era un modelo a seguir en todo México.   

Como respuesta a esta fuerte crítica el director de la penitenciaría, y no el secretario de Gobierno, presentó un extenso informe que dividió en tres partes: la descripción de la estructura física de la penitenciaría, incluidos sus cuatro departamentos, el régimen penitenciario y el reglamento de ese tipo expedido por el Gobierno estatal, y lo relacionado con Samuel C. Graham.  

La Junta de Vigilancia: el informe oficial

Como parte de la respuesta oficial la Junta de Vigilancia de la penitenciaría, el máximo órgano de este establecimiento, nombró una comisión especial para realizar las  investigaciones procedentes, y cuyos resultados se presentaron en reunión extraordinaria el 4 de marzo de 1881. En este informe que se remitió al gobernador del Estado se consideraron falsas tales acusaciones, asegurando que:

1.- Que el crimen cometido por Graham es muy diferente de lo que dice el New York Herald y que no es una víctima de la barbarie mexicana.

2.- Que la salud de Graham es en general buena y mejor quizá que la de muchos libres.

3.- La penitenciaría de Guadalajara es amplia, cómoda e higiénica hasta donde es posible.

4.- El alimento que se da a los presos sobre insuficiencia de los alimentos como puede verse en las ps. 8, 9 y 19 del mencionado informe del mayordomo Matute y también se puede testificar de varios viajeros que visitan con frecuencia el establecimiento, pues han visto que el alimento ya preparado corresponde por plaza 64 onzas, y en crudo sin contar el agua de condimentación es cuando menos de una libra y 865 milésimos por cada persona, alimento suficiente que han acostumbrado nuestros operarios.

 Los presos sentenciados en cuya categoría se encuentra Graham, acostumbran meter toda la ropa que pueden tener, pues el establecimiento les puede proporcionar la muy necesaria, así es que él tiene en su celdilla una cama con bastante abrigo, una mesa y un baúl y allí guarda todo lo que le pertenece incluso las manufacturas de una pequeña industria de cuyos productos disfruta casi en totalidad.

Si en dichas celdillas hay bichos asquerosos y molestos, culpa será de los mismos presos, pues todos ellos cuentan con el tiempo y medios suficientes para ocuparse del aseo de sus personas, muebles y cuartos, y no hay allí personas ocupadas de esta clase de faenas como sucede en los hoteles.

Podemos asegurar sin temor de ser desmentidos que no hay una prisión en toda la República mexicana en donde los presos estén con más amplitud que en esta

penitenciaría, pues los sentenciados cuyo término medio es de 750, ocupan un departamento que tiene 150 metros de oriente a poniente y 200 de norte a sur, teniendo disponibles 782 celdillas y quedando además 120 vacías  que están en los ambulatorios que ocupan los talleres.

Es muy probable que este informe fuera enviado a la Secretaría de Relaciones a fin de aclarar el caso Graham.

“Vida cotidiana y privilegios”

La versión del director


Mateo del Muro, director de esa penitenciaría, informó el 28 de marzo de ese año los antecedentes y la vida en prisión de Samuel C. Graham:

Tuvo entrada el 26 de noviembre de 1888. Fue sentenciado por la Segunda Sala del Supremo Tribunal de Justicia el 22 del mismo mes y año a sufrir la pena de 20 años de prisión por el delito de homicidio, según ejecutoria número 8,693. Su calidad de extranjero hace que ignore nuestros hábitos y costumbres, cuya circunstancia me inspiró compasión para no sujetarlo a todo el régimen penitenciario.

Por lo mismo lo dejé en entera libertad para hacer lo que quisiera, y él escogió ocuparse en su celdilla, en trabajos manuales y dedicarse a la lectura como lo está haciendo. Me suplicó le permitiera cultivar la hortaliza en uno de los patios, y no solamente se lo concedí sino que le di tres hortelanos que le ayudaran. Además le he puesto otros dos hombres para que le hagan en su pieza el aseo que necesita porque es una de las mejores de esta cárcel.

 Le prohibí que siguiera dedicándose a la hortaliza desde que averigüe que le dio a otro preso, Enrique Nelson, cien pesos para cohechar a un guarda porque les proporcionara la fuga. Esto es todo lo que ha pasado con él; pero no le he retirado los presos que están a su servicio, ni las demás consideraciones a que es acreedor un desgraciado (idem).
 
Comparece el extranjero


Dos días más tarde, el 30 de marzo de 1881, pareció ser un día decisivo en el asunto Graham ya que se le hizo comparecer ante el Juzgado. Samuel C. Graham y previa la protesta legal dijo “llamarse como está expresado, de 42 años de edad, soltero, comerciante, minero y hortelano, habiendo ejercido además otros ramos de la agricultura. Americano, nacido en Brown County, cerca de Cincinatti, estado de Ohio, actualmente preso en la penitenciaría de esta ciudad, extinguiendo una condena de 20 años por un homicidio calificado que le impuso el Juzgado Segundo de lo Criminal y confirmó una sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado”.  

Se le puso de manifiesto la carta que, con fecha 21 del actual, dirigió al intendente de la penitenciaría, así como el recorte del periódico y la traducción del mismo a que se refiere y manifestó que la carta y traducción son de firma y letra del declarante y ratificó en todas sus partes los conceptos vertidos en la primera, agregando por vía de explicación lo siguiente:

Que el 21 del corriente recibió por el correo una carta de su hermano L.M. Graham fechada en Bloomington, Illinois, el c14 del actual, en la que después de hablarle de otros negocios privados le remite el referido recorte con solo este comentario: “Que coincidencia tan singular por lo que creí inútil la presentación de esa carta; que las especies consignadas en el recorte del periódico no pueden referirse al que habla porque allí se dice que el delito tuvo lugar en las calles de Lagos por un americano que se decía perseguido por un mexicano y un alemán, en tanto que el delito  por el que está preso el exponente tuvo lugar en esta ciudad, sin que hubiera tenido participación el hecho algún mexicano; el preso del que habla el recorte sólo tenía seis meses en la cárcel cuando lo vio el ingeniero que da la noticia, mientras que el compareciente tiene dos años 11 meses que ajustó el 27 del actual; aquel estaba enfermo y macilento y el que habla se encuentra gozando de mejor salud que cuando entró a la prisión; por otra parte nunca ha visto ni conoce al ingeniero M.C. Bernard y menos ha recibido de él cosas de comida ni dinero; cree que ha habido una equivocación al entender que la noticia del recorte se ocupa del exponente y de esta penitenciaría puesto que allí mismo se menciona cómo la penitenciaría de Guanajuato a cuyo Estado pertenece Irapuato donde residía otro americano llamado Eduardo Graham, telegrafista, joven de 22 o 24 años quien según dijeron unos paisanos al declarante estuvo preso hace como cuatro años y puede ser que de nuevo haya entrado a la cárcel y a él hagan alusión las noticias del recorte.

Que el declarante nunca ha sido grande ni robusto ni ha llegado a estar tampoco como esqueleto, pues todo lo contrario, es de baja estatura y delgado, repitiendo que hoy goza de mejor salud que cuando entró; en esta penitenciaría no están confundidos hombres, mujeres y niños, puesto que cada clase tiene su respectivo departamento completamente separado, hay aseo y mucho orden, siendo capaz para contener mayor número de presos que los que hay y no se dan con frecuencia casos de mortalidad.

En cuanto a la alimentación es sana, nutritiva y en cantidad suficiente, añadiendo por último que siempre se le ha tratado muy bien y no tiene motivo alguno de queja, por lo que está agradecido al jefe del establecimiento y a todos los empleados del mismo”.

Esta retractación, si es que a fin de cuentas se puede llamar así, ya que Graham nunca se expreso mal del trato que recibía en “La Escobedo”, aunque sí utilizó el artículo periodístico para recibir algún beneficio, puede demostrar dos cosas: una, que efectivamente nunca había recibido un mal trato por parte de las autoridades penitenciarías y su vida en prisión era tolerable; o, temía recibir un fuerte escarmiento si declaraba las condiciones deprimente en la que sobrevivía.      

La “locura”

El caso atrajo la participación de una delegación norteamericana encabezada por Jhos Ryan, que abogó por su libertad de Graham aduciendo un “desarreglo mental” y una salud delicada del citado. La legación norteamericana apoyó su dicho señalando que el estado mental de Graham era asunto de comentarios  entre los vecinos de la casa de éste y atribuyó a una herida de la cabeza su condición anormal.

Samuel Graham contó con el apoyo de un importante personaje de apellido Stevenson quien era un respetado abogado y, durante varios años, un miembro prominente del Congreso de los Estados Unidos de Norteamérica. Graham fue practicante de leyes y trabajó en el bufete de Stevenson quien lo conocía bien. Stevenson sabía que en unos años, Graham había recibido una herida grave en la cabeza la cual afectó su inteligencia. Otro señor de apellido Colín manifestó conocer desde hace 30 años a Graham y afirmó que la última vez que lo vio “hablaba y obraba de un modo vago e incierto y se enteró por otras personas que no se encontraba bien de sus facultades mentales”. Así también afirmaron que dos médicos cirujanos, los doctores Rivera y Barreda, observaron que efectivamente la herida en la cabeza de Graham era la causa de su desarreglo mental.

Jhos Ryan señaló que es “fácil de comprender que esté tan afectado por tan hondo golpe, es muy susceptible de excitar influencias y que se trastorna fácilmente de la razón” y “parece que en este caso la humanidad y la justicia unidas claman poderosamente por el ejercicio de una completa clemencia”. En el caso de lograrse el perdón, la familia de Graham prometió que se lo llevaría de vuelta a Estados Unidos para ponerlo en curación de su enfermedad.

La petición de clemencia fue presentada ante la Secretaría de Relaciones Exteriores de México quien respondió, a través del señor Ignacio Mariscal, que una vez recibidos los informes del caso no encontró razón alguna para la resolución judicial. Ese documento iba acompañado de un certificado médico firmado por el doctor J. M. Reynoso, médico de la penitenciaría, señalando que Samuel Graham “padece una afección crónica de la garganta (…) y también dolores reumatismales, neuralgias intercostales, bronquitis, que por su tenacidad, vendrá a hacerse crónica si sus condiciones higiénicas no cambian”.

El doctor Reynoso no hizo ninguna mención de alguna herida en la cabeza y menos a su supuesta deficiencia mental. Por la respuesta dada a la legación norteamericana es de suponer que fue rechazada su petición. Sin embargo, el informe médico al no hacer mención a la conducta de Graham dejó en el aire si efectivamente éste se encontraba mal de sus facultades mentales.

Para concluir es importante señalar la dificultad que significa conocer el número de internos procedentes de otros países que fueron sentenciados a sufrir la pena de prisión en la penitenciaría. Se sabe por la revisión de expedientes criminales y por periódicos de la época que efectivamente se encontraban en las celdas tapatías, individuos procedentes de otros países, incluso chinos. Los norteamericanos fueron los más números, pero no se comparan con los originarios de la Entidad y del país.

Presos como Graham enfrentaron un problema especial derivado de su particular idioma y cultura, frente a un medio que debió ser extraño y adverso, que lo pudieron convertir en individuos marginales dentro de un submundo también marginal.

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