Jalisco | Nuevo Modelo Policial Necesario, depuración de las policías Se pretende reformar por completo los procedimientos al interior de las policías, comenzando por el reclutamiento, selección e ingreso de los elementos Por: EL INFORMADOR 4 de octubre de 2010 - 01:32 hs Siete de los 11 policías denunciados penalmente fueron contratados en la administración 2004-2006. S. NÚÑEZ / GUADALAJARA, JALISCO (04/OCT/2010).- La necesidad de fortalecer y depurar las instituciones de seguridad pública locales, como lo promueve el Gobierno federal, particularmente su Secretaría de Seguridad Pública, con el llamado Nuevo Modelo Policial, se materializa bien en este caso de presentación de incapacidades médicas apócrifas en Tlaquepaque. De los 11 policías que fueron denunciados penalmente por la Sindicatura de ese municipio ante la PGJE el 15 de junio —se les imputan delitos como peculado, fraude, falsificación de documentos y asociación delictuosa—, siete fueron contratados durante la administración municipal 2004-2006, que presidió, como hoy lo hace nuevamente, Miguel Castro Reynoso. Es precisamente por ello que el Nuevo Modelo Policial reforme por completo los procedimientos al interior de las policías, comenzando por el reclutamiento, selección e ingreso de los elementos, para pasar por su desarrollo y ascenso, hasta llegar a la separación del cargo en una cadena de fases a reformular en su regulación. El Nuevo Modelo Policial pone énfasis en la evaluación de los elementos para implementar un filtro eficaz en el reclutamiento y selección de personas con los perfiles idóneos para este servicio público fundamental en la tarea del Estado, revisión que considera de manera permanente con la implementación de las pruebas de control de confianza, que incluyen exámenes en los aspectos médico, toxicológico, sicológico, poligráfico y socioeconómico. Este Nuevo Modelo Policial se debe adoptar por todas las corporaciones del país conforme lo manda la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, lo que puede alcanzarse con la implementación del Sistema Integral de Desarrollo Policial (Sidepol), que regula la cadena de fases antes expuesta. La migración ya comenzó en la Secretaría de Seguridad Pública, Prevención y Readaptación Social de Jalisco, y en el caso de las policías municipales de la metrópoli se implementará desde el Sistema Metropolitano de Seguridad Ciudadana que conformaron los ocho ayuntamientos (Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga, El Salto, Juanacatlán, Ixtlahuacán de los Membrillos) de la ciudad el 8 de septiembre. Del resto de los 11 policías denunciados, uno había ingresado a la corporación de Tlaquepaque en 1997 y otro en 1998, los dos restantes en el grupo ya no eran oficiales al momento que se presentó la denuncia ante la Procuraduría, al haber presentado de forma previa su renuncia. Delitos imputados a policías que participan en el tráfico de incapacidades médicas, de acuerdo con el Código Penal de Jalisco: Asociación delictuosa. Artículo 120: “Se impondrán de uno a cuatro años de prisión al que forme parte de una asociación o banda de tres o más personas unidas con el propósito de delinquir, independientemente de la sanción que corresponda a los delitos que lleguen a cometerse. Cuando el miembro de la asociación sea o haya sido, en los tres años anteriores a que forme parte de la asociación, servidor público de alguna corporación policíaca, la pena se aumentará hasta en una tercera parte más de la que le corresponda por el o los ilícitos cometidos; y se impondrán, además, destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación de uno a seis años, para desempeñar otro”. Peculado. Artículo 148: “Comete el delito de peculado todo servidor público que, para usos propios o ajenos, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquiera otra cosa perteneciente al Estado o municipio, organismo descentralizado o a un particular si, por razón de su cargo, los hubiese recibido en administración, en depósito o por otra causa”. Falsificación de documentos. Artículo 162, fracción I: Se impondrán de dos a seis años de prisión “al que falsifique cualquier clase de documento oficial de los Poderes del Estado, organismos autónomos, ayuntamientos y sus dependencias y entidades donde se haga constar alguna obligación a cargo de las propias dependencias o algún derecho o beneficio en favor del falsificador o de tercero. La misma pena sufrirá el que a sabiendas haga uso del o de los documentos falsos”. Fraude. Artículo 250: “Comete el delito de fraude el que, engañando a alguno o aprovechándose del error en que éste se halle, se haga ilícitamente de una cosa o alcance un lucro o beneficio indebido, para sí o para otro”. Temas Miguel Castro Reynoso Municipios Ayuntamiento de Tlaquepaque PGJE Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones