Martes, 18 de Noviembre 2025
Jalisco | Le piden repara el daño a deudos de joven victimado por un policía zapopano

La CEDHJ emite recomendación al alcalde de Zapopan

Piden al presidente municipal reparar el daño a los deudos de joven victimado por policía zapopano

Por: EL INFORMADOR

La comisión solicita que se concluya el procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de los policías. ARCHIVO /

La comisión solicita que se concluya el procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de los policías. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (30/ENE/2014).- El presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco ( CEDHJ), Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, dio a conocer que se emitió una recomendación (3/2014), dirigida al presidente municipal de Zapopan, Héctor Robles Peiro, por la violación de los derechos a la vida, la legalidad, seguridad jurídica y libertad de tránsito.
 
El 4 de noviembre de 2013, la Comisión inició una queja de oficio, luego de que un diario local publicó una nota en la que familiares de un joven que fue privado de la vida por un policía de Zapopan durante una revisión de rutina, refirieron temer represalias de los compañeros del uniformado.
 
Ese mismo día el padre de la víctima, presentó queja formal en la institución contra el gendarme David Ramírez Santiago y otros probables responsables de la misma corporación policial.
 
El inconforme explicó que la noche del 31 de octubre de 2013, su hijo, de 21 años, le pidió prestada una camioneta para ir a cenar y luego llevar a casa a varios amigos. Le acompañaba otro hijo menor de edad.
 
Añadió que aproximadamente a las doce de la noche su hijo, el menor de edad, le llamó por teléfono llorando y le explicó que un policía le había disparado a su hermano en la cabeza y que se hallaban sobre Periférico, cerca de la avenida Mariano Otero, en Zapopan.
 
Con la declaración de testigos presenciales se establece que en el automotor que conducía el ahora fallecido viajaban otros cuatro jóvenes, entre estos su hermano menor de edad, y que al circular por Periférico, una patrulla le marcó el alto con el claxon y las luces del vehículo, sin utilizar las farolas.
 
La patrulla con el número económico P-0632, era conducida por David Ramírez Santiago y su acompañante era Francisco Javier Salazar Salazar. El primero se dirigió a la camioneta por el lado izquierdo y el segundo por el lado derecho.
 
Se comprobó que los policías de Zapopan obligaron a los jóvenes a bajar del vehículo, que no ofrecieron ninguna resistencia y que el gendarme Ramírez Santiago, empuñaba una pistola y los encañonó desde que bajó de su patrulla.
 
El uniformado separó al conductor de la camioneta, pasando por delante de los otros jóvenes, se colocó detrás del muchacho, a quien obligó a descansar las manos en la parte lateral izquierda del vehículo, y le indicó que separara las piernas. Para sujetarlo, con todo y el arma lo tomó de la nuca y con la mano libre le efectuó la revisión. El gendarme reconoció que al agacharse para revisarle los bolsillos del pantalón accionó el arma, impactando al joven en la cabeza, quien falleció minutos después en el hospital Alcalde.
 
La CEDHJ determinó que los policías  David Ramírez Santiago y Francisco Javier Salazar Salazar violaron los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica y libertad de tránsito de los cinco jóvenes que viajaban en la camioneta.

La manera que emplearon para ejecutar la revisión se basó únicamente en haber observado a un joven abordar el vehículo que arrancó, y en que unas personas los señalaron. De esto último no existe ningún reporte de que alguien hubiera solicitado su intervención.
 
No se demostró conducta delictiva para alegar flagrancia que ameritara practicarles lo que ellos llaman una "revisión de rutina", y con ello justificar la obstrucción a la libertad de tránsito de los jóvenes mencionados.
 
Entre las recomendaciones al alcalde de Zapopan, Héctor Robles Peiro, está que se complemente la reparación integral del daño a los deudos del joven victimado, con independencia del resultado de otros procedimientos de naturaleza diversa que en forma simultánea se estén desarrollando.
 
Que se les otorgue a los cuatro jóvenes agraviados y a los deudos de la víctima un tratamiento integral para su rehabilitación y que se gire instrucciones al personal de la administración a su cargo que tenga las atribuciones legales correspondientes, para que inicie, tramite y concluya el procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de los policías, entre otras.
 
Las autoridades a las que se dirigen estas recomendaciones tienen diez días hábiles, contados a partir de la notificación correspondiente, para que informen a este organismo sobre su aceptación.

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